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AL4092-2021Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral2021

Magistrado ponente: Omar Ángel Mejía Amador

Consejo superior de la judicatura H SCLAJPT-04 V.00 OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR Magistrado ponente AL4092-2021 Radicación n.°88722 Acta 35 Bogotá, D. C., quince (15) de septiembre de dos mil veintiuno (2021). ELECTRIFICADORA DEL CARIBE S.A. E.S.P (ELECTRICARIBE S.A. E.S.P) vs. SAILAN MARÍA VEGA RAMÍREZ. Conforme al informe secretarial que antecede, el presente recurso no fue sustentado oportunamente.

Por lo tanto, es del caso que la Sala proceda a declararlo DESIERTO. Ahora bien, es preciso indicar que la Corte Constitucional, mediante sentencia C-492 de 2016, declaró inexequible la multa contenida en el artículo 93 de la Ley 1395 de 2010, en los casos de declaratoria de desierto del recurso de casación por falta de requisitos o extemporaneidad en la presentación de la demanda.

Lo anterior, ya que, a su juicio, dicho precepto vulnera, en esencia, los derechos de igualdad, acceso a la justicia y debido proceso. En consecuencia, no se condenará en costas a la parte recurrente. Devuélvase el expediente al tribunal de origen. Radicación n.°88722 SCLAJPT-04 V.00 2 Notifíquese y cúmplase. Presidente de la Sala Radicación n.°88722 SCLAJPT-04 V.00 3 Radicación n.°88722 SCLAJPT-04 V.00 4 SCLTJPT-05 V.01 CÓDIGO ÚNICO DEL PROCESO 230013105002201900189-01 RADICADO INTERNO: 88722 RECURRENTE: ELECTRIFICADORA DEL CARIBE S. A. E.S.P. OPOSITOR: SAILAN MARIA VEGA RAMIREZ MAGISTRADO PONENTE: Dr. OMAR ANGEL MEJIA AMADOR Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN En la fecha 21 de septiembre de 2021 a las 08:00 a.m., Se notifica por anotación en estado n.° 156 la providencia proferida el 15 de septiembre de 2021.

SECRETARIA__________________________________ Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE EJECUTORIA En la fecha 24 de septiembre de 2021 y hora 5:00 p.m., queda ejecutoriada la providencia proferida el 15 de septiembre de 2021. SECRETARIA___________________________________