SCLAJPT-05 V.00 CLARA INÉS LÓPEZ DÁVILA Magistrada ponente AL408-2025 Radicación n.° 76001-31-05-015-2017-00573-01 Acta 3 Bogotá, D. C., cinco (5) de febrero de dos mil veinticinco (2025). Juan Esteban Perea Mulato y Janeth Meneses vs. Juan Esteban Perea Mulato, Janeth Meneses, Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) y Goodyear de Colombia SA En vista de que la recurrente Janeth Meneses no presentó la demanda de casación dentro del término de traslado, la Sala de Casación Laboral declara DESIERTO el recurso, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 65 del Decreto 528 de 1964.
La demanda de casación presentada por parte del recurrente Juan Esteban Perea Mulato en este asunto satisface las exigencias formales externas de ley. En consecuencia, continúese con el trámite. Radicación n.° 76001-31-05-015-2017-00573-01 SCLAJPT-05 V.00 2 Como quiera que el artículo 2° de la Ley 2213 de 2022 autoriza el uso de las tecnologías de la información en la gestión y trámite de los procesos judiciales a fin de facilitar y agilizar el acceso a la justicia, y en este asunto las partes pueden acceder al expediente digital de forma simultánea, córrase traslado al mismo tiempo y por el término legal a cada uno de los opositores, Janeth Meneses, Administradora Colombiana de Pensiones – Colpensiones y Goodyear de Colombia S. A., conforme lo autoriza el artículo 95 del Código Procesal del Trabajo y la Seguridad Social, modificado por el artículo 65 del Decreto 528 de 1964.
Notifíquese y cúmplase. Firmado electrónicamente por: CLARA INÉS LÓPEZ DÁVILA Presidenta de la Sala LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR MARJORIE ZÚÑIGA ROMERO Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999 Código de verificación: 7B9EE3378640900016B49C27DDD0941075310C0B5F545EED9152E4DE682F7606 Documento generado en 2025-02-05