Radicación n.º 76431 LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS Magistrado Ponente AL3995-2018 Radicación n.° 76431 Acta 35 Bogotá, D. C., diecinueve (19) de septiembre de dos mil dieciocho (2018). ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS PROTECCIÓN S.A. vs. JORGE ÁLVAREZ DÍAZ. Acéptase el desistimiento del recurso de casación interpuesto por el apoderado de Demetrio Alejandro García Rojas, recurrente contra la sentencia de segunda instancia proferida en el proceso de la referencia. Sin costas, por no haberse causado.
Continúese con el trámite del recurso interpuesto por la demandada, Electrificadora del Caribe S.A. (Electricaribe S.A.). Por otra parte, frente a la solicitud del apoderado de la parte actora de « compulsar copias al Consejo de la Judicatura para que investigue la conducta del juez que falló la tutela, del abogado que la promovió y del Doctor Andrés García Amado, quien a sabiendas de la existencia del proceso ordinario a mi cargo, por el mismo asunto, facilitó la consumación de los hechos », estima la Sala que resulta improcedente, en razón a lo dispuesto en el artículo 43 del Decreto 196 de 1971, que permite a cualquier persona denunciar ante autoridad competente las infracciones por ejercicio ilegal de la abogacía de las que tenga conocimiento, de lo que se tiene que nada impide al abogado de la parte demandante presentar la denuncia por sí mismo.
Notifíquese. FERNANDO CASTILLO CADENA Presidente de la Sala GERARDO BOTERO ZULUAGA JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS JORGE LUIS QUIROZ ALEMÁN 3