Micelio
AL3921-2021Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral2021

Magistrado ponente: Omar Ángel Mejía Amador

Ley 270 de 1996

Consejo superior de la judicatura H SCLAJPT-04 V.00 OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR Magistrado ponente AL3921-2021 Radicación n.° 86960 Bogotá, D.C., seis (6) de septiembre de dos mil veintiuno (2021). En razón a la creación de las cuatro Salas de Descongestión Laboral en la Corte Suprema de Justicia, con ocasión de la modificación que la Ley 1781 de 20 de mayo de 2016 introdujo a los artículos 15 y 16 de la Ley 270 de 1996, esta Sala de la Corte, en el título II de su reglamento interno, dispuso lo concerniente a la integración y funcionamiento de las mismas; por su parte, el Consejo Superior de la Judicatura, a través de Acuerdo PCSJA17-10647 de 22 de febrero de 2017, ordenó la creación de dichas Salas de descongestión y su estructura.

En ese orden, en cumplimiento de los artículos 27 y 28 del Acuerdo 48 de 16 de noviembre de 2016, y bajo los precisos criterios expuestos para el efecto, el suscrito magistrado ha seleccionado los siguientes procesos, identificados con radicado interno, a fin de que sean Radicación n.°86960 SCLAJPT-04 V.00 2 remitidos a las Salas Laborales de Descongestión de esta Corporación de manera extraordinaria: ITEM RAD CUAD. # CDS RECURRENTE OPOSITOR FOLIOS 1 86960 2 5 Olga Lucía Molano Herrera Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) C 2 TJ 207 2 80163 3 7 Martha Páez Martínez Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) C 123 Tj 109 - 48 3 87676 2 4 Gustavo Adolfo Buitrago Piza La Nación - Ministerio de Salud y Protección Social y otros C 2 Tj 444-211- 428 4 85679 3 5 Raúl Enrique Campo Hoyos Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) C 2 Tj 226 - 24 5 87979 2 4 Esperanza Hernández Angulo Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) y otros C 2 Tj 201 6 83180 3 12 Iván Darío Vargas Galeano y otro Parko Services SA y otro C 34 Tj 726 7 85562 4 4 Fredy Alexander Marín Sarmiento ESE Unidad de Prestación de Servicios Santa C 2 Tj 363 - 574 - 310 8 88505 2 2 María Cecilia Linares García Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) C 2 Tj 93 9 88517 2 4 Ramiro Olivares Villamizar Empresa de Transporte Integrado de Bogotá S.A.S. (ETIB S.A.S.) C 2 Tj 235 10 85535 2 4 Pedro Rondón Osorio Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) C 7 Tj 134 11 82911 2 4 Adalgiza del Carmen Barandica Cañón Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) C 7 Tj 114 12 86846 3 6 Fondo Nacional del Ahorro Temporales Uno A Bogotá S.A.S. y otro C 2 Tj 605 13 83680 3 4 Sonia Rojas López Ministerio de Salud y Protección Social y otros C 23 (01) Cd Tj 265 - 371 14 84707 7 0 Electricistas Unidos Del Valle Ltda. y otro Julia González Serna C 23 Tj 517 - 873 - 12 15 86895 5 6 Ana Milena Castellón García y otros UNE E.P.M. Telecomunicaciones S.A. C 2 Tj 22 - 52 - 937 16 84064 3 3 Ana Lucía Mejía Yepes La Nación - Ministerio de Minas y Energía C 45 Tj 465 17 83196 2 3 Guillermina Rodríguez De Rubio Administradora Colombiana De Pensiones (Colpensiones) C 69 Tj 140 18 85311 2 2 Luz Dary Alzate Echeverri Distrimar S.A. C 6 Tj 245 Radicación n.°86960 SCLAJPT-04 V.00 3 19 85406 2 6 Luz Nelly Martínez de Gallego Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) C 9 Tj 127 20 88163 3 6 Carlos Alberto Valdés Martínez y otros Ingenio Pichichi S. A. C 2 Tj 322 - 1161 21 85846 2 3 Marcela Ospina Buitrago y otro Fiduagraria SA y otro C 2 Tj 566 22 83398 2 2 Saúl Mendoza Insignares Administradora Colombiana De Pensiones (Colpensiones) C 26 Tj 217 23 80530 2 8 Antonio Miguel Gutiérrez de León Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales (UGPP) C 40 Tj 126 24 89338 2 4 Nelson de Jesús Álvarez Holguín Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP) C 2 Tj 129 25 87889 2 6 María Cristina Rodríguez Ardila Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) y otros C 2 Tj 246 26 88326 2 2 Didimo Villamizar Barreto Protección S.A. y otros C 2 Tj 194 27 88580 2 3 Consuelo Escobar Plata Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) y otros C 2 Tj 211 28 89160 2 5 Myriam Gladys Bravo Archila Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) y otro C 2 Tj 340 29 87131 3 4 Compañía de Seguros Bolívar S.A. Helver Acosta Hernández y otro C 2 Tj 15 - 320 30 85437 2 7 Juan Carlos González Rugeles Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) C 10 Tj 160 31 82759 2 10 Mauricio Cardeñosa Mendoza Empresa Colombiana de Petróleos (Ecopetrol) C 56 Tj 237 32 89720 2 3 Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) Ángel Javier López Viera C 2 Tj 126 33 84534 3 5 Álvaro Enrique Acosta Pedroza Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) C 12 Tj 470 34 83487 3 4 José Conrado Moreno Obras y Montajes S.A.S. C 10 Tj 15 - 344 35 89591 2 2 Aura Elisa Benavides Montenegro Universidad de Antioquia C 3 Tj 644 36 67917 3 0 Gustavo Gutiérrez Arturo Aguado Rojas Curador Ad Litem C 19 Tj 21 - 111 37 82541 2 2 Marlene Marina Cotes Van- Grieken Empresa Colombiana de Petróleos (Ecopetrol SA) C 47 Tj 399 38 86983 2 6 Hugo Galindo Arias Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) C 2 Tj 95 39 84160 2 3 Oscar Gómez Manios Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales (UGPP) C 46 Tj 102 Radicación n.°86960 SCLAJPT-04 V.00 4 40 89374 2 5 Administradora de Fondo de Pensiones y Cesantías Protección S. A. Luis Enrique Cushcagua Santillán C 3 Tj 239 41 88944 2 3 César Enrique Castañeda Protección SA y otro C 2 Tj 211 42 88925 2 7 Edgardo Enrique Barros Camacho Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) y otros C 2 Tj 363 43 89693 2 5 Margory Restrepo Vanegas Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) C 2 Tj 147 44 89247 2 3 Luis Ricardo Acuña Escobar Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) C 2 Tj 205 45 79687 3 7 Antonio José López Guzmán Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) y otro C 91 Tj 179 - 56 46 89317 2 3 Denny Patricia Del Lotero Garay Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) y otro C 2 Tj 115 47 89435 2 2 Julián Eduardo Romero Ochoa Fundación Universidad de Bogotá Jorge Tadeo Lozano C 2 Tj 243 48 82550 3 6 Jaime Bejarano Carvajal Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones)s y otro C 86 Tj 599 49 74197 5 4 Henry Aguirre Prieto Municipio de Villavicencio C 87 Tj 14 - 155 - 28 - 45 50 87190 3 12 Javier Mosquera Cubides Gobernación del Departamento del Cesar C 2 Tj 647 51 87570 2 3 Dirección Distrital de Liquidaciones de Barranquilla Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla C 2 Tj 189 52 89404 2 5 Beatriz Helena Márquez Gómez Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) y otros C 2 Tj 261 53 85188 3 5 Mary Eugenia Castillo Galvis Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) C 9 Tj 17 - 189 54 87532 2 6 Mauro Martínez Riaño Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) C 2 Tj 116 55 81971 2 4 Liliana Sarmiento Piñeros Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) y otro C 33 Tj 254 56 87336 2 3 Rigoberto Rendón Yepes Textiles Balalaika S.A. C 2 Tj 304 57 86954 12 7 Mónica Isabel Murra Bossa Sanford Colombia S.A. C 2 Tj 1213 - 441 - 339 - 20 - 41 - 13 - 141 - 179 - 333 58 88192 10 6 César Augusto Rizo Díaz Asesores en Derecho S.A.S. y otros C 2 Tj 445 - 773 - 85 - 262 - 2244 59 88622 Carlina Riascos Riascos Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) Digita Radicación n.°86960 SCLAJPT-04 V.00 5 60 88643 María Laura Camayo Méndez Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales (UGPP) y otro Digital 61 89202 Sebastián López Londoño Fiduciaria La Previsora S. A. Digital 62 88521 Nancy Consuelo Noriega Buelvas Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) Digital 63 88629 Luis Enrique Fernández Serna Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) Digital 64 88806 Enrique Humberto Rojas Ortiz Protección S.A. y otro Digital 65 88496 Oscar Alcides Rache Pérez BBVA Seguros de Vida Colombia S.A. y otro Digital En consecuencia, se procederá a hacer el reparto correspondiente de los expedientes señalados, de conformidad con lo previsto en el numeral 2 del artículo 29 del reglamento interno de la Sala.

Ahora bien, para los fines pertinentes, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo PCSJA21-11724 de 28 de enero de 2021 «Por el cual se prorroga la suspensión temporal del artículo 1 del Acuerdo PCSJA20- 11680 de 2020», el Decreto 039 de 14 de enero de 2021 «Por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID -19, y el mantenimiento del orden público, y se decreta el aislamiento selectivo con distanciamiento individual responsable», el Decreto 806 de 4 de junio de 2020 «por el cual se adoptan medidas para implementar las tecnologías de la información y las comunicaciones en las actuaciones judiciales en el marco de estado de emergencia actual», el Acuerdo 051 de 22 de mayo de 2020 «Por el cual se adoptan medidas en la Sala de Casación Laboral para (…) el uso de tecnologías y herramientas telemáticas», y el Decreto Radicación n.°86960 SCLAJPT-04 V.00 6 Legislativo 491 de 2020, a través de cual «se adoptan medidas de urgencia para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de las autoridades públicas»; en su artículo 11, relativo a la firma de actos, providencias y decisiones, cuando no se cuente con firma digital para ello, se tiene que las actuaciones adoptadas podrán ser válidamente suscritas mediante firma autógrafa mecánica, digitalizada o escaneada, según la disponibilidad de dichos elementos.

Así las cosas, se dispone que el auto AL3921-2021 de 6 de septiembre de 2021, donde constan los expedientes remitidos con datos de identificación del proceso reposará con firma escaneada en el primer expediente enunciado, Rad. 86960, y se anexará copia del mismo en los demás procesos allí en enlistados. Dicha actuación será publicada para consulta en la página web de a la Corte Suprema de Justicia (www.cortesuprema.gov.co).

Notifíquese y cúmplase. Magistrado SCLTJPT-05 V.01 CÓDIGO ÚNICO DEL PROCESO 110013105037201700674-01 RADICADO INTERNO: 86960 RECURRENTE: OLGA LUCIA MOLANO HERRERA OPOSITOR: ADMINISTRADORA DE FONDO DE PENSIONES Y CESANTIA PROTECCION S. A., SKANDIA ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTIAS S.A., ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES COLPENSIONES MAGISTRADO PONENTE: Dr. OMAR ANGEL MEJIA AMADOR Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN En la fecha 07 de septiembre de 2021 a las 08:00 a.m., Se notifica por anotación en estado n.° 148 la providencia proferida el 06 de septiembre de 2021.

SECRETARIA__________________________________ Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE EJECUTORIA En la fecha 10 de septiembre de 2021 y hora 5:00 p.m., queda ejecutoriada la providencia proferida el 06 de septiembre de 2021. SECRETARIA___________________________________