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AL3815-2016Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral2016

Magistrado ponente: Gerardo Botero Zuluaga

Ley 1395 de 2010

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia Radicación n.° 69561 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL GERARDO BOTERO ZULUAGA Magistrado ponente AL3815-2016 Radicación n.° 69561 Acta 21 Bogotá, D. C., quince (15) de junio de dos mil dieciséis (2016). LUZ MIREYA PARRA GONZÁLEZ VS. DIDÁCTICA PROYECTOS EDUCATIVOS LTDA En razón de que el apoderado, de la parte recurrente en el presente juicio, no presentó demanda de Casación dentro del término que le fue concedido, según el anterior informe de Secretaría la Sala de Casación Laboral de la Corte declara DESIERTO el recurso.

En cuanto a la multa de que trata el art. 49 de la Ley 1395 de 2010 no hay lugar a ella por no haberse causado, toda vez que la parte interesada antes del vencimiento del término para presentar la respectiva demanda de casación, devolvió el expediente manifestando que no sustentará el recurso, « por no encontrar fundamento sólido para lograr la anulación del fallo del Tribunal».

Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese. JORGE LUIS QUIROZ ALEMÁN Presidente de Sala GERARDO BOTERO ZULUAGA JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ FERNANDO CASTILLO CADENA CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS 1 PAGE 3