CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Radicación n.° 46035 CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO Magistrada ponente AL3796-2018 Radicación n.° 46035 Acta 33 Bogotá, D. C., cinco (5) de septiembre de dos mil dieciocho (2018). Decide la Corte la solicitud de «adición y/o aclaración» del fallo de casación que presentó la parte demandada, en el proceso ordinario laboral que Ismael Antonio Pérez Arnedo y otros formularon contra la Empresa Distrital de Telecomunicaciones de Barranquilla E.S.P. en liquidación. I.
ANTECEDENTES Mediante escrito que obra a folio 70, la apoderada de la parte demandada solicitó la complementación del fallo de casación que profirió esta Sala de la Corte el 3 de febrero de 2017. Sustentó su petición en que en el alcance de impugnación de la demanda presentada ante esta Corporación se requirió la anulación de la sentencia del Tribunal frente a los actores Julio Madrid Viaña e Ismael Antonio Pérez; que, sin embargo, en la parte resolutiva del fallo solo hubo pronunciamiento frente al último de los citados.
II. CONSIDERACIONES La falta de análisis de la situación de Julio Madrid Viaña no obedeció a una omisión de la Corte, sino a que el recurso extraordinario de casación que interpuso la entidad demandada lo concedió el Tribunal solo respecto al demandante Ismael Antonio Pérez. En efecto, en el auto que milita a folios 265 a 270, el juez plural rechazó el recurso propuesto frente a Julio Madrid Viaña por cuanto el interés jurídico de la condena impuesta a su favor y en contra de la entidad accionada no superó la cuantía de 120 salarios mínimos legales mensuales vigentes, como si lo hizo respecto al actor Ismael Antonio Pérez Arnedo.
Concordante con lo anterior, en los antecedentes del fallo de casación la Corte indicó que el recurso extraordinario lo concedió «el Tribunal exclusivamente frente al demandante Ismael Antonio Pérez Arnedo» y, con asidero en ello, resolvió teniendo en cuenta únicamente la situación de este demandante. En las condiciones descritas, no hay nada que adicionar o aclarar a la sentencia, razón por la cual se negará la petición.
RESUELVE
Negar la solicitud de adición del fallo de casación presentada por la parte demandada, por las razones expuestas. Notifíquese y cúmplase, FERNANDO CASTILLO CADENA Presidente de la Sala GERARDO BOTERO ZULUAGA JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS JORGE LUIS QUIROZ ALEMÁN 1 3