Micelio
AL371-2015Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral2015

Magistrado ponente: Clara Cecilia Dueñas Quevedo

Decreto 528 de 1964Ley 1395 de 2010

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia Radicación n.° 69329 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO Magistrada ponente AL371-2015 Radicación n.°69329 Acta 01 Bogotá, D. C., veintiocho (28) de enero de dos mil quince (2015). Juan Manuel Londoño Soto Vs. Cajanal en Liquidación. En vista de que el apoderado de la parte recurrente (Juan Manuel Londoño Soto) no presentó la demanda de casación, según el anterior informe de Secretaría, la Sala de Casación Laboral declara DESIERTO el recurso, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 65 del Decreto 528 de 1964.

Con base en lo dispuesto en el inciso 3, artículo 49 de la Ley 1395 de 2010, que modificó el artículo 93 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, se fija multa en 10 S.M.L.M.V. al apoderado judicial de la parte recurrente Everardo Venegas Avilan, identificado con cédula de ciudadanía No. 3.207.507 y portador de la T.P. No. 38.510 del Consejo Superior de la Judicatura, la cual será pagada a favor de La Nación –Consejo Superior de la Judicatura- y consignados en el Banco Agrario a la cuenta DTM Multas y Cauciones efectivas No. 3-0070-000030-4.

La dirección de dicho apoderado es Diagonal 50 No. 49-84 Of. 1204 de Medellín. Notifíquese y cúmplase. CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO Presidenta de Sala JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO GUSTAVO HERNANDO LÓPEZ ALGARRA LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS 1 PAGE 3