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AL3551-2022Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral2022

Magistrado ponente: Iván Mauricio Lenis Gómez

SCLAJPT-04 V.00 IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ Magistrado ponente AL3551-2022 Radicación n.° 92873 Acta 22 Bogotá, D. C., seis (6) de julio de dos mil veintidós (2022). La Sala decide la solicitud presentada por el apoderado de WILLIAM CUERVO DÍAZ, allegada a esta Corporación el 31 de mayo del año en curso, en el proceso ordinario laboral que adelanta contra la ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES - COLPENSIONES.

I.

ANTECEDENTES Por auto de 27 de abril de 2022, esta Sala admitió el recurso de casación que interpuso la parte demandante contra la sentencia que profirió la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla el 4 de marzo de 2020 y, en consecuencia, se ordenó correr traslado al recurrente por el término legal, el cual inicio el 4 de mayo y venció el 1.° de junio de la misma anualidad.

Radicación n.° 92873 SCLAJPT-04 V.00 2 El 18 y 26 de mayo del presente año, el apoderado del recurrente, en el término del traslado, solicitó el audio de la sentencia de segunda instancia de 4 de marzo de 2020 ante la secretaría de esta Sala. Sin embargo, dicho medio magnético no se encontraba incorporado en el expediente, por lo que su requerimiento no pudo ser atendido.

Por lo anterior, mediante correo de 31 de mayo de 2022, solicitó a esta Corporación la suspensión del término de traslado, hasta tanto se facilite la pieza procesal faltante para ejercer su derecho de defensa. II. CONSIDERACIONES La inconformidad del peticionario radica en que no ha tenido acceso al expediente completo, toda vez que no está incorporado a este el audio correspondiente al fallo del tribunal de fecha 4 de marzo de 2020; por tal razón solicita que se “reinicien los términos de traslado”.

Revisado el expediente, se advierte que, tal como lo aduce el solicitante, para la fecha en que se corrió traslado al recurrente, el expediente digital no estaba completo, ya que no contaba con el audio de la sentencia de segunda instancia. Ahora, si bien el 6 de junio del presente año, el despacho incorporó al expediente la pieza procesal requerida, lo cierto es que el recurrente no la tuvo a su disposición durante parte del lapso otorgado para la sustentación del Radicación n.° 92873 SCLAJPT-04 V.00 3 recurso de casación. Por ello, a efectos de garantizar el debido proceso y el acceso a la administración de justicia, esta Corporación, por intermedio de su secretaría, le restituirá el tiempo que le quedaba para sustentar el recurso de casación, contado a partir del 18 de mayo de 2022, fecha en que solicitó la pieza procesal faltante, es decir, por 9 días (CSJ AL3470-2021).

Por otro lado, se reconoce personería para actuar en el proceso de la referencia al doctor Samir Vargas Moreno, como apoderado de la recurrente, en los términos y para los efectos del memorial obrante en el archivo digital número 11 del cuaderno de la Corte. III. DECISIÓN En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, RESUELVE:

PRIMERO: RECONOCER a SAMIR VARGAS MORENO como apoderado del recurrente, en los términos y para los efectos del memorial obrante en el archivo digital número 11 del cuaderno de la Corte.

SEGUNDO: ORDENAR por Secretaría restituir el traslado al recurrente por un término de nueve (9) días, conforme a lo indicado en la parte motiva. Radicación n.° 92873 SCLAJPT-04 V.00 4 Notifíquese y cúmplase. Radicación n.° 92873 SCLAJPT-04 V.00 5 SCLTJPT-05 V.01 Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN En la fecha 11 de agosto de 2022, a las 8:00 a.m se notifica por anotación en Estado n.° 109 la providencia proferida el 06 de julio de 2022.

SECRETARIA____________________________________ Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE EJECUTORIA En la fecha 17 de agosto de 2022 y hora 5:00 p.m., queda ejecutoriada la providencia proferida el 06 de julio de 2022. SECRETARIA____________________________________ Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONTINUA TRASLADO Desde hoy 18 de agosto de 2022 a las 8:00 a.m. se continua traslado por el término de 9 días al RECURRENTE: ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES COLPENSIONES SECRETARIA____________________________________