SCLAJPT-04 V.00 IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ Magistrado ponente AL3550-2024 Radicación n.° 102714 Acta 23 Bogotá, D. C., tres (3) de julio de dos mil veinticuatro (2024). Clínica de la Mujer S.A.S. vs. Sindicato de Trabajadores de la Salud y de la Seguridad Social “SINTRASASS”. Se reconoce personería para actuar en el proceso de la referencia al doctor Jorge Eliécer Manrique Villanueva como apoderado de la recurrente.
La Sala advierte que el laudo arbitral que profirió el Tribunal de Arbitramento Obligatorio que dirimió el conflicto colectivo de trabajo suscitado entre las partes fue notificado a los recurrentes vía correo electrónico el 8 de abril de 2024. Por su parte, la Clínica de la Mujer S.A.S., presentó solicitud de aclaración vía correo electrónico el 11 de abril de Radicación n.° 102714 SCLAJPT-04 V.00 2 2024, la cual fue resuelta el 17 de abril del mismo año por el Tribunal de Arbitramento Obligatorio y notificada el 19 de abril de 2024.
Por lo anterior, el recurso de anulación interpuesto por la Clínica de la Mujer S.A.S., haciendo uso de la misma vía fue presentado el 24 de abril de 2024, por lo tanto, al haberse presentado el recurso dentro del término legal, la Corte avoca el conocimiento del mismo. Asimismo, se ordena dar traslado como opositor al Sindicato de Trabajadores de la Salud y de la Seguridad Social “SINTRASASS”, para que en un término de tres (3) días hábiles presente alegaciones, si así lo considera pertinente.
Notifíquese y cúmplase. Firmado electrónicamente por: MARJORIE ZÚÑIGA ROMERO Presidenta de la Sala LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ CLARA INÉS LÓPEZ DÁVILA OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999 Código de verificación: 483813B508F98E55E02EB90139352803052ADD81D84C074249F010D0DF8BE516 Documento generado en 2024-07-03