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AL3548-2024Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral2024

Magistrado ponente: Iván Mauricio Lenis Gómez

Ley 527 de 1999

SCLAJPT-04 V.00 IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ Magistrado ponente AL3548-2024 Radicación n.° 102160 Acta 23 Bogotá, D. C., tres (3) de julio de dos mil veinticuatro (2024). Hacienda La Cabaña S.A. y otro vs. Sindicato Nacional de Trabajadores del Sector Alimentario, Agroindustrial, Agropecuario, Agroalimentario de Servicios de Apoyo, Bebidas, Afines y Similares "SINTRAIMAGRA” y otro.

La Sala advierte que el laudo arbitral que profirió el Tribunal de Arbitramento Obligatorio que dirimió el conflicto colectivo de trabajo suscitado entre las partes fue notificado a los recurrentes vía correo electrónico el 18 de marzo de 2024 y que, a su vez, el recurso de anulación interpuesto por la empresa Hacienda La Cabaña S.A., haciendo uso de la misma vía fue presentado el 21 de marzo de 2024, por lo tanto, al haberse presentado el recurso dentro del término legal, la Corte avoca el conocimiento del mismo.

Radicación n.° 102160 SCLAJPT-04 V.00 2 Por otro lado, el recurrente Sindicato Nacional de Trabajadores del Sector Alimentario, Agroindustrial, Agropecuario, Agroalimentario de Servicios de Apoyo, Bebidas, Afines y Similares "SINTRAIMAGRA” presentó solicitud de aclaración vía correo electrónico el 21 de marzo de 2024, la cual fue negada el 26 de marzo del mismo año por el Tribunal de Arbitramento Obligatorio y notificada el 1 de abril de 2024.

A su vez, presentó recurso de anulación el 5 de abril de 2024, por lo que, al haberse presentado el recurso dentro del término legal, la Corte avoca el conocimiento del mismo. Asimismo, se ordena dar traslado como opositoras a la empresa Hacienda La Cabaña S.A. y al Sindicato Nacional de Trabajadores del Sector Alimentario, Agroindustrial, Agropecuario, Agroalimentario de Servicios de Apoyo, Bebidas, Afines y Similares "SINTRAIMAGRA”, para que en un término de tres (3) días hábiles presente alegaciones, si así lo considera pertinente.

Notifíquese y cúmplase. Firmado electrónicamente por: MARJORIE ZÚÑIGA ROMERO Presidenta de la Sala LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ CLARA INÉS LÓPEZ DÁVILA OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999 Código de verificación: 475D17C4EEC362120E5ABBAAA3A817331F27845F41B86E742A51ED863FD3EECB Documento generado en 2024-07-03