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AL3545-2021Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral2021

Magistrado ponente: Omar Ángel Mejía Amador

Consejo superior de la judicatura H SCLAJPT-04 V.00 OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR Magistrado ponente AL3545-2021 Radicación n.°90128 Acta 31 Bogotá, D.C., dieciocho (18) de agosto de dos mil veintiuno (2021). LUZ MARINA CASTAÑEDA GÓMEZ vs. ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES (COLPENSIONES) Y OTRO. Téngase en cuenta la renuncia al poder presentada por la apoderada de la parte recurrente Luz Marina Castañeda Gómez, de conformidad al artículo 76 del Código General del Proceso.

Sería del caso aceptar el desistimiento del recurso de casación presentado por la parte recurrente Luz Marina Castañeda Gómez, contra la sentencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, en el proceso ordinario laboral promovido por la misma en contra de la Administradora Colombiana de Pensiones Radicación n.°90128 SCLAJPT-04 V.00 2 (Colpensiones) y otro, sin embargo, advierte la Sala que, la abogada Catalina Toro Gómez, quien suscribe la referida solicitud, renunció al poder que le fue conferido para la representación judicial de la mentada parte procesal, motivo por el cual, la misma carece de legitimación adjetiva dentro de la Litis.

Por lo tanto, al no haber sido sustentado oportunamente, resulta del caso declararlo DESIERTO. Devuélvase el expediente al tribunal de origen. Notifíquese y cúmplase. Presidente de la Sala Radicación n.°90128 SCLAJPT-04 V.00 3 Radicación n.°90128 SCLAJPT-04 V.00 4 SCLTJPT-05 V.01 CÓDIGO ÚNICO DEL PROCESO 050013105013201601311-01 RADICADO INTERNO: 90128 RECURRENTE: LUZ MARINA CASTAÑEDA GOMEZ OPOSITOR: MARIA LUCELY TORO BEDOYA, ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES COLPENSIONES MAGISTRADO PONENTE: Dr. OMAR ANGEL MEJIA AMADOR Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN En la fecha 23 de agosto de 2021 a las 08:00 a.m., Se notifica por anotación en estado n.° 137 la providencia proferida el 18 de agosto de 2021.

SECRETARIA__________________________________ Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE EJECUTORIA En la fecha 26 de agosto de 2021 y hora 5:00 p.m., queda ejecutoriada la providencia proferida el 18 de agosto de 2021. SECRETARIA___________________________________