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AL3513-2025Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral2025

Magistrado ponente: Clara Inés López Dávila

Ley 527 de 1999

SCLAJPT-05 V.00 CLARA INÉS LÓPEZ DÁVILA Magistrada ponente AL3513-2025 Radicación n.° 76001310501820240027801 Acta 19 Bogotá, D. C., cinco (5) de junio de dos mil veinticinco (2025). Fabio Giraldo Sanz vs. Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Porvenir S. A., Seguros de Vida Alfa S. A. (Vidalfa S. A.) y Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) En vista de que la parte recurrente no presentó la demanda de casación dentro del término de traslado, la Sala de Casación Laboral declara DESIERTO el recurso, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 65 del Decreto 528 de 1964.

Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese, publíquese y cúmplase. Firmado electrónicamente por: CLARA INÉS LÓPEZ DÁVILA Presidenta de la Sala LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR No firma en comisión de servicios VICTOR JULIO USME PEREA MARJORIE ZÚÑIGA ROMERO Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999 Código de verificación: 012022E7AC42084854E31A5FB71BEB7EFDCFF59DEDFDFF8DF17A6DB19C53DDDA Documento generado en 2025-06-05