SCLAJPT-05 V.00 LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ Magistrado ponente AL345-2021 Radicación n.° 86119 Acta 05 Bogotá, D. C., diez (10) de febrero de dos mil veintiuno (2021). SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS PORVENIR S.A. vs. BIVIANA YOLANDA GUARÍN BUSTAMANTE, en nombre propio y en representación de su menor hija MARÍA ISABEL MAUSA GUARÍN y OTROS Luego de verificar en el Sistema de información del Registro Nacional de Abogados -SIRNA- su calidad de abogado, se reconoce personería al doctor Juan Francisco Hernández Roa, con tarjeta profesional n.° 35.277 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado sustituto de la Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Porvenir S.A., en los términos y para los efectos del memorial de sustitución conferido Radicación n.° 86119 SCLAJPT-05 V.00 2 Acéptase el desistimiento del recurso de casación interpuesto por el apoderado de la entidad demandada Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Porvenir S.A., recurrente contra la sentencia de segunda instancia proferida en el proceso de la referencia. Sin costas, por no haberse causado.
Devuélvase el expediente al tribunal de origen. Notifíquese y cúmplase. Presidente de la Sala Radicación n.° 86119 SCLAJPT-05 V.00 3 SCLTJPT-05 V.01 CÓDIGO ÚNICO DEL PROCESO 050013105017201501822-01 RADICADO INTERNO: 86119 RECURRENTE: SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTIAS PORVENIR S.A. OPOSITOR: BIVIANA YOLANDA GUARIN BUSTAMENTE, LIBIA KARINA CALDERA MARTINEZ, POSITIVA COMPAÑIA DE SEGUROS S. A. MAGISTRADO PONENTE: DR. LUIS BENEDICTO HERRERA DIAZ Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN En la fecha 15 DE FEBRERO DE 2021, a las 8:00 a.m se notifica por anotación en Estado n.° 022 la providencia proferida el 10 DE FEBRERO DE 2021.
SECRETARIA__________________________________ Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE EJECUTORIA En la fecha 18 DE FEBRERO DE 2021 y hora 5:00 p.m., queda ejecutoriada la providencia proferida el 10 DE FEBRERO DE 2021. SECRETARIA___________________________________