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AL3284-2020Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral2020

Magistrado ponente: Jorge Luis Quiroz Alemán

Ley 270 de 1996

SCLAJPT-04 V.00 10 JORGE LUIS QUIROZ ALEMÁN Magistrado ponente AL3284-2020 Radicación 87548 Acta 45 Bogotá D. C., dos (2) de diciembre de dos mil veinte (2020). José Enrique Mogollón Forero Vs. Administradora Colombiana de Pensiones -Colpensiones-. Se reconoce personería al abogado Nilson Agudelo Zapata, con tarjeta profesional n.° 237.524 del C. S. de la J., como apoderado de la parte recurrente conforme al poder que obra en el numeral 4.1 del cuaderno digitalizado de la Corte.

En atención a la solicitud allegada por el apoderado de la parte recurrente el pasado 9 de julio del año en curso, y reiterada el 25 de noviembre de la misma anualidad, en la que reclama «aclaración sobre el traslado», en razón al informe secretarial del 30 de octubre de 2020. Aduce el memorialista que no entiende porqué le corrieron los términos de traslado si «el gobierno nacional, el consejo superior de judicatura y los Radicación n.° 87548 SCLAJPT-04 V.00 2 acuerdos de la corte suprema de justicia» (Sic) suspendieron los términos hasta el 1° de julio hogaño. Frente a lo anterior, se precisa que la Corte Suprema de Justicia, como máximo tribunal de la jurisdicción ordinaria, tiene plena facultad para darse su propio reglamento, de acuerdo a lo preceptuado en el numeral 6 del artículo 235 de la Constitución Política y en el numeral 4 del artículo 17 de la Ley 270 de 1996.

En ese sentido, como la Sala Plena de esta Corporación, mediante Acuerdo n. ° 1444 del 27 de abril de 2020, estableció que las Salas Especializadas podían ampliar las excepciones a la suspensión de términos judiciales enmarcadas en el Acuerdo PCSJA20-11546, era válido que la Sala de Casación Laboral, por Acuerdo n. ° 051 del 22 de mayo de la presente anualidad, decidiera levantar la suspensión de términos a partir del 27 del mismo mes y año, con el fin de resolver todos los asuntos de su competencia. En consecuencia y por falta de sustentación dentro del término legal, se declara desierto el recurso extraordinario de casación interpuesto por el apoderado de la parte recurrente José Enrique Mogollón Forero, contra la sentencia proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, con fecha 15 de mayo de 2019.

Como no queda actuación pendiente, devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Radicación n.° 87548 SCLAJPT-04 V.00 3 Notifíquese y cúmplase. Radicación n.° 87548 SCLAJPT-04 V.00 4 SCLTJPT-05 V.01 CÓDIGO ÚNICO DEL PROCESO 110013105021201600428-01 RADICADO INTERNO: 87548 RECURRENTE: JOSE ENRIQUE MOGOLLON FORERO OPOSITOR: ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES COLPENSIONES MAGISTRADO PONENTE: DR. JORGE LUIS QUIROZ ALEMAN Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN En la fecha 4 de diciembre de 2020, a las 8:00 am se notifica por anotación en estado n.° 146 la providencia proferida el 2 de diciembre de 2020.

SECRETARIA__________________________________ Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE EJECUTORIA En la fecha 10 de diciembre de 2020 y hora 5:00 p.m., queda ejecutoriada la providencia proferida el 2 de diciembre de 2020. SECRETARIA___________________________________