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AL3019-2025Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral2025

Magistrado ponente: Luis Benedicto Herrera Díaz

Decreto 528 de 1964Ley 2213 de 2022Ley 527 de 1999

SCLAJPT-04 V.00 LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ Magistrado ponente AL3019-2025 Radicación n.° 11001-31-05-035-2015-00789-01 Acta 17 Bogotá D. C., veinte (20) de mayo de dos mil veinticinco (2025). FEDERACIÓN NACIONAL DE CAFETEROS DE COLOMBIA, como administradora del FONDO NACIONAL DEL CAFÉ vs. JESÚS ARMANDO GÓNGORA ALBORNOZ y OTROS Luego de verificar en el Sistema de información del Registro Nacional de Abogados -SIRNA- su calidad de abogado, se reconoce personería al doctor Fernando Vásquez Botero, con tarjeta profesional n.° 14.933 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado de Federación Nacional de Cafeteros de Colombia como Administradora del Fondo Nacional del Café, en los términos y para los efectos del memorial de poder conferido.

Radicación n.° 11001-31-05-035-2015-00789-01 SCLAJPT-04 V.00 2 Acéptese el desistimiento del recurso de casación interpuesto por el apoderado de la parte demandante Jesús Armando Góngora Albornoz, recurrente contra la sentencia de segunda instancia proferida en el proceso de la referencia. Sin costas, por no haberse causado. La Sala advierte que Jesús Armando Góngora Albornoz, figura como recurrente, cuando en realidad es opositor, por lo anterior, por Secretaría, corríjase en Ecosistema Digital – ESAV – y acta de reparto.

La demanda de casación presentada por la recurrente, en este asunto satisface las exigencias formales externas de ley. En consecuencia, continúese con el trámite. Como quiera que el artículo 2.° de la Ley 2213 de 2022 autoriza el uso de las tecnologías de la información en la gestión y trámite de los procesos judiciales a fin de facilitar y agilizar el acceso a la justicia, y en este asunto las partes pueden acceder al expediente digital de forma simultánea, córrase traslado al mismo tiempo respecto de la demanda de casación presentada por la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia como Administradora del Fondo Nacional del Café, a cada uno de los opositores, Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantía Protección SA, Asesores en Derecho SAS en Calidad de Mandataria con Representación Panflota de la Compañía de Inversiones de la Flota Mercante S.A., Fiduciaria la Previsora SA Vocera y Administradora del Radicación n.° 11001-31-05-035-2015-00789-01 SCLAJPT-04 V.00 3 Patrimonio Autónomo "Panflota", Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Jesús Armando Góngora Albornoz, por el término legal, conforme lo autoriza el artículo 95 del Código de Procedimiento del Trabajo y la Seguridad Social, modificado por el artículo 65 del Decreto 528 de 1964.

Notifíquese y cúmplase. Firmado electrónicamente por: CLARA INÉS LÓPEZ DÁVILA Presidenta de la Sala LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR MARJORIE ZÚÑIGA ROMERO Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999 Código de verificación: FFD54A706751BB8B4BB2042718AB5C7985AFA8C3331A770D1A9669356EFC89E0 Documento generado en 2025-05-20