Micelio
AL2983-2023Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral2023

Magistrado ponente: Luis Benedicto Herrera Díaz

Decreto 528 de 1964Ley 2213 de 2022

SCLAJPT-04 V.00 LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ Magistrado ponente AL2983-2023 Radicación n.° 98071 Acta 46 Bogotá, D. C., seis (06) de diciembre de dos mil veintitrés (2023). CAJA DE AUXILIOS Y PRESTACIONES DE LA ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE AVIADORES CIVILES (ACDAC CAXDAC), y OTRO vs. MIGUEL ANTONIO CASTRO SUÁREZ y OTROS Luego de verificar en el Sistema de información del Registro Nacional de Abogados -SIRNA- su calidad de abogado, se reconoce personería al doctor Juan Francisco Hernández Roa, con tarjeta profesional n.° 35.277 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado de la Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Porvenir S.A., en los términos y para los efectos del mandato conferido.

Radicación n.° 98071 SCLAJPT-04 V.00 2 Acéptase el desistimiento del recurso de casación interpuesto por el apoderado de la parte demandada Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Porvenir S.A., recurrente contra la sentencia de segunda instancia proferida en el proceso de la referencia. Sin costas, por no haberse causado.

Por otro lado, luego de verificar en el Sistema de información del Registro Nacional de Abogados -SIRNA- su calidad de abogado, se reconoce personería al doctor Fabián Ignacio Hernández Henríquez, con tarjeta profesional n.° 44.840 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado de la Caja de Auxilios y Prestaciones de la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles (ACDAC CAXDAC), en los términos y para los efectos del mandato conferido.

La demanda de casación presentada por la recurrente Caja de Auxilios y Prestaciones de la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles (ACDAC CAXDAC), en este asunto satisface las exigencias formales externas de ley. En consecuencia, continúese con el trámite. Como quiera que el artículo 2° de la Ley 2213 de 2022 autoriza el uso de las tecnologías de la información en la gestión y trámite de los procesos judiciales a fin de facilitar y agilizar el acceso a la justicia, y en este asunto las partes pueden acceder al expediente digital de forma simultánea, Radicación n.° 98071 SCLAJPT-04 V.00 3 córrase traslado al mismo tiempo a cada uno de los opositores, a Miguel Antonio Castro Suarez, a la Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Porvenir S.A., a Helicópteros Nacionales de Colombia S.A.S. (HELICOL S.A.S.) y a Vertical de Aviación S.A.S., por el término legal, conforme lo autoriza el artículo 95 del Código de Procedimiento del Trabajo y la Seguridad Social, modificado por el artículo 65 del Decreto 528 de 1964.

Notifíquese y cúmplase. IMPEDIDO FERNANDO CASTILLO CADENA Radicación n.° 98071 SCLAJPT-04 V.00 4 Radicación n.° 98071 SCLAJPT-04 V.00 5 SCLTJPT-05 V.01 Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN En la fecha 7 DE DICIEMBRE DE 2023, a las 8:00 a.m., se notifica por anotación en estado n.° 194 la providencia proferida el 6 DE DICIEMBRE DE 2023 SECRETARIA__________________________________ Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE EJECUTORIA En la fecha 13 DE DICIEMBRE DE 2023 y hora 5:00 p.m., queda ejecutoriada la providencia proferida el 6 DE DICIEMBRE DE 2023 SECRETARIA___________________________________ Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia INICIO TRASLADO En la fecha 14 DE DICIEMBRE DE 2023 a las 8:00 a.m., se inicia el traslado por el término de 15 días a TODOS los OPOSITORES.

SECRETARIA___________________________________