SCLAJPT-04 V.00 ggc IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ Magistrado ponente AL2904-2021 Radicación n.° 90271 Acta 26 Bogotá, D. C., catorce (14) de julio de dos mil veintiuno (2021). Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria Química y/o Farmacéutica de Colombia SINTRAQUIM vs. Yara Colombia S.A. Se reconoce personería para actuar en el proceso de la referencia al doctor Remberto Escobar Pájaro como apoderado del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria Química y/o Farmacéutica de Colombia SINTRAQUIM, en los términos y para los efectos del memorial obrante a folio 527 del cuaderno digital de anulación. Por otro lado, la Corte avoca el conocimiento del recurso de anulación que el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria Química y/o Farmacéutica de Colombia SINTRAQUIM interpuso contra el laudo arbitral de 2 de junio Radicación n.° 90271 SCLAJPT-04 V.00 2 de 2021, proferido por el Tribunal de Arbitramento Obligatorio que dirimió el conflicto colectivo de trabajo suscitado entre el recurrente y Yara Colombia S.A. Asimismo, se ordena dar traslado como opositora a Yara Colombia S.A., para que en un término de tres (3) días hábiles presente alegaciones, si así lo considera pertinente.
Notifíquese y cúmplase. Presidente de la Sala Radicación n.° 90271 SCLAJPT-04 V.00 3 No firma por ausencia justificada CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO SCLTJPT-05 V.01 CÓDIGO ÚNICO DEL PROCESO 130012205000202190271-01 RADICADO INTERNO: 90271 RECURRENTE: SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA QUIMICA Y/O FARMACEUTICA DE COLOMBIA SINTRAQUIM S OPOSITOR: YARA COLOMBIA S.A. MAGISTRADO PONENTE: DR.IVAN MAURICIO LENIS GOMEZ Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN En la fecha 19 de julio de 2021 a las 08:00 a.m., Se notifica por anotación en estado n.° 116 la providencia proferida el 14 de julio de 2021.
SECRETARIA__________________________________ Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE EJECUTORIA En la fecha 23 de julio de 2021 y hora 5:00 p.m., queda ejecutoriada la providencia proferida el 14 de julio de 2021. SECRETARIA___________________________________