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AL2903-2019Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral2019

Magistrado ponente: Rigoberto Echeverri Bueno

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA 1 Radicación n.° 82346 RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO Magistrado ponente AL2903-2019 Radicación n.° 82346 Acta 25 Bogotá, D.C., veinticuatro (24) de julio de dos mil diecinueve (2019). Transportes Purificación S.A. vs. José Aldemar Hernández Martínez. En atención a la solicitud presentada por el apoderado de JOSÉ ALDEMAR HERNÁNDEZ MARTÍNEZ en la que pide se niegue el recurso, por cuanto, a su juicio, las condenas impuestas no superan el monto requerido en casación, la Sala debe advertirle que el interés para recurrir constituye un criterio objetivo, fijo, el cual depende de factores claramente determinables en el momento de la concesión del recurso.

En el presente caso, la parte demandada fue condenada, entre otras, a reintegrar al trabajador, por lo que su interés jurídico económico corresponde al valor de las condenas impuestas en la sentencia, más una suma igual que equivale a las incidencias futuras que a mediano y corto plazo trae aparejadas la orden de reintegro Al respecto, esta Sala de Casación Laboral, entratándose de acciones de reintegro precisó en sentencia CSJ SL, 21 may. 2003, rad. 20010, que: […] dicha cuantía se determina sumando al monto de las condenas económicas que de él derivan otra cantidad igual, bien que el recurrente sea el trabajador para la empresa demandada.

Esto por cuanto se ha considerado que la reinstalación del trabajador a mediano y largo plazo tiene otras incidencias económicas que no se reflejan en la sentencia y que se originan propiamente en la declaración que apareja esta garantía de la no solución de continuidad del contrato de trabajo. Al tenor de lo anterior, se rechaza la solicitud propuesta por el apoderado de la parte opositora Notifíquese y cúmplase.

RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO Presidente de la Sala GERARDO BOTERO ZULUAGA FERNANDO CASTILLO CADENA CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO JORGE LUIS QUIROZ ALEMÁN 1 2