CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Radicación n.° 55460 FERNANDO CASTILLO CADENA Magistrado ponente AL2748-2017 Radicación n.° 55460 Acta 15 Bogotá, D.C., tres (3) de mayo de dos mil diecisiete (2017) Por auto de 5 de febrero de 2014, esta Corte dio traslado a la parte recurrente para que presentara la demanda de casación, término que inició el 28 de abril y feneció el 26 de mayo del mismo año; sin embargo, el apoderado de la demandante allegó sustentación hasta el 3 de junio siguiente, junto con un memorial en el que pidió la interrupción del proceso por enfermedad grave, que encontró acreditada esta Sala, por lo que en proveído de 10 de diciembre ordenó restituir el término faltante.
Para esta Sala de la Corte, aun cuando la parte recurrente no hizo uso del plazo precitado, ello no constituye obstáculo alguno para tener por presentada la demanda, pues conforme quedó anotado, fue aportada el 3 de junio de 2014, antes de que se decidiera adicionar el plazo, motivo por el cual se entenderá presentada en tiempo (CSJ AL, 17 mar. 2010, rad. 42201, CSJ SL, 20 mar. 2013, rad. 42923 y CSJ SL, 9 abr. 2014, rad. 41747).
Como la demanda reúne los requisitos de ley, dese traslado de los autos a la parte OPOSITORA, por el término legal. No se reconoce a la doctora LUZ MARY ACOSTA ARANGO, como apoderada del MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL – ESE LUIS CARLOS GALÁN SARMIENTO, en los términos del poder conferido a folio 54 del cuaderno de la Corte, toda vez que la cláusula de prórroga del contrato del referido ente ministerial, según consta en la cláusula primera (folio 66), lo fue por 5 meses, hasta el 28 de febrero de 2017.
Notifíquese y cúmplase GERARDO BOTERO ZULUAGA Presidente de la Sala JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ FERNANDO CASTILLO CADENA CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS JORGE LUIS QUIROZ ALEMÁN PAGE 3