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AL2694-2021Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral2021

Magistrado ponente: Jorge Luis Quiroz Alemán

SCLAJPT-04 V.00 JORGE LUIS QUIROZ ALEMÁN Magistrado ponente AL2694-2021 Radicación 89903 Acta 24 Bogotá D. C., treinta (30) de junio de dos mil veintiuno (2021). María del Carmen Beltrán Marín Vs. Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías –Protección S. A.-, Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías –Porvenir S. A.- y Administradora Colombiana de Pensiones –Colpensiones-.

Se admite el impedimento manifestado por el Doctor Fernando Castillo Cadena. Se acepta el desistimiento del recurso extraordinario de casación, interpuesto por la apoderada de la parte recurrente, María del Carmen Beltrán Marín, contra la sentencia de cuatro (4) de febrero de 2020 proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, el cual obra a folio cuatro (4) del cuaderno digitalizado de la Corte.

Radicación n.° 89903 SCLAJPT-04 V.00 2 No se imponen costas por no haberse causado. Como no queda actuación pendiente, devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese y cúmplase. Presidente de la Sala Impedido FERNANDO CASTILLO CADENA No firma por ausencia justificada CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO Radicación n.° 89903 SCLAJPT-04 V.00 3 SCLTJPT-05 V.01 CÓDIGO ÚNICO DEL PROCESO 110013105037201800014-01 RADICADO INTERNO: 89903 RECURRENTE: MARIA DEL CARMEN BELTRAN MARIN OPOSITOR: ADMINISTRADORA DE FONDO DE PENSIONES Y CESANTIA PROTECCION S. A., SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTIAS PORVENIR S.A., ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES COLPENSIONES MAGISTRADO PONENTE: DR.JORGE LUIS QUIROZ ALEMAN Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN En la fecha 2 de Julio de 2021, a las 8:00 am se notifica por anotación en estado n.° 108 la providencia proferida el 30 de junio de 2021.

SECRETARIA__________________________________ Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE EJECUTORIA En la fecha 8 de Julio de 2021 y hora 5:00 p.m., queda ejecutoriada la providencia proferida el 30 de junio de 2021. SECRETARIA__________________________________