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AL2678-2023Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral2023

Magistrado ponente: Omar Ángel Mejía Amador

Decreto 528 de 1964Ley 2213 de 2022

SCLAJPT-10 V.00 OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR Magistrado ponente AL2678-2023 Radicación n.°99365 Acta 41 Cartagena de Indias, Bolívar, uno (1) de noviembre de dos mil veintitrés (2023). SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS PORVENIR S.A. Y OTRO vs. ADRIÁN ALEXIS QUIÑONES AGUIRRE Y OTROS. Acéptese el desistimiento del recurso de casación presentado por la parte recurrente, BBVA Seguros de Vida de Colombia S.A., contra la sentencia proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto, en el proceso ordinario laboral promovido por Adrián Alexis Quiñones Aguirre contra la Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Porvenir S.A. y la recurrente.

Se autoriza para actuar en el presente proceso a la sociedad Godoy Córdoba Abogados S.A.S., identificada con Nit. 830.515.294-0, representada legalmente por el abogado Radicación n.° 99365 SCLAJPT-10 V.00 2 Andrés Darío Godoy Córdoba, como apoderada especial de la parte recurrente, Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Porvenir S.A., conforme al poder que precede.

La demanda de casación presentada en este asunto, satisface las exigencias formales externas de ley. Como quiera que el artículo 2° de la Ley 2213 de 2022 autoriza el uso de las tecnologías de la información en la gestión y trámite de los procesos judiciales a fin de facilitar y agilizar el acceso a la justicia, y en este asunto las partes pueden acceder al expediente digital de forma simultánea, córrase traslado al mismo tiempo a cada uno de los opositores, Adrián Alexis Quiñones Aguirre y BBVA Seguros de Vida de Colombia S.A., por el término legal, conforme lo autoriza el artículo 95 del Código de Procedimiento del Trabajo y la Seguridad Social, modificado por el artículo 65 del Decreto 528 de 1964.

Notifíquese y cúmplase. Radicación n.° 99365 SCLAJPT-10 V.00 3 Radicación n.° 99365 SCLAJPT-10 V.00 4 IMPEDIDA CLARA INÉS LÓPEZ DÁVILA SCLTJPT-05 V.01 Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN En la fecha 2 de noviembre de 2023, a las 8:00 a.m. se notifica por anotación en Estado n.° 172 la providencia proferida el 1 de noviembre de 2023.

SECRETARIA__________________________________ Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE EJECUTORIA En la fecha 8 de octubre de 2023 y hora 5:00 p.m., queda ejecutoriada la providencia proferida el 1 de noviembre de 2023. SECRETARIA___________________________________ Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia INICIO TRASLADO Desde hoy 9 de noviembre de 2023 a las 8:00 a.m. se inicia traslado al mismo tiempo y por el término de 15 días a TODOS los OPOSITORES.

SECRETARIA___________________________________