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AL2530-2022Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral2022

Magistrado ponente: Iván Mauricio Lenis Gómez

SCLAJPT-05 V.00 IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ Magistrado ponente AL2530-2022 Radicación n.° 91120 Acta 19 Bogotá, D. C., quince (15) de junio de dos mil veintidós (2022). Carmelo Jesús Paternina Romero vs. Refinería de Cartagena S.A. – Reficar y otros. Conforme las facultades legales y constitucionales y la autorización que la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia otorgó en sesión ordinaria n °. 14 de 27 de abril 2022, el presidente de la misma asume la ponencia de la presente decisión. Se acepta el DESISTIMIENTO del recurso de casación que el recurrente interpuso contra la sentencia que la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena profirió en el juicio de la referencia. Por otro lado, téngase en cuenta la renuncia al poder presentada por los apoderados de la opositora CBI Colombiana S.A. en liquidación judicial, al mandato que le fuera conferido por Radicación n.° 91120 SCLAJPT-05 V.00 2 esta, conforme al memorial que obra a folio 993 del cuaderno digital de la Corte.

Lo anterior, en tanto se dio cumplimiento a la exigencia consagrada en el inciso 4 del artículo 76 del Código General del Proceso, el sentido de aportar «copia de la comunicación enviada a su poderdante (…)». Sin costas en este asunto, en tanto el desistimiento se presentó dentro término de traslado. Devuélvase el expediente al Tribunal de origen.

Notifíquese y cúmplase. Radicación n.° 91120 SCLAJPT-05 V.00 3 No firma por ausencia justificada OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR SCLTJPT-05 V.01 Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN En la fecha 17 de junio de 2022 a las 08:00 a.m., Se notifica por anotación en estado n.° 081 la providencia proferida el 15 de junio de 2022.

SECRETARIA__________________________________ Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE EJECUTORIA En la fecha 23 de junio de 2022 y hora 5:00 p.m., queda ejecutoriada la providencia proferida el 15 de junio de 2022. SECRETARIA___________________________________