SCLAJPT-04 V.00 cmo CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO Magistrada ponente AL2523-2021 Radicación n.º 89299 Acta 23 Bogotá, D.C., veintitrés (23) de junio de dos mil veintiuno (2021). Empresa de Telecomunicaciones de Bucaramanga S.A. E.S.P Telebucaramanga vs. Santiago Rosales Beltrán (Q.E.P.D.) y otro. En vista de que la parte recurrente no presentó la demanda de casación dentro del término de traslado, la Sala de Casación Laboral declara DESIERTO el recurso, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 65 del Decreto 528 de 1964.
Por otro lado, se abstiene la Sala de reconocer personería a la doctora Lina María Albarracín Ulloa como apoderada sustituta de la parte opositora, en tanto no acreditó su calidad de abogada, conforme al Artículo 5.°del Decreto 806 de 4 de junio de 2020 y el 31 del Acuerdo PSCJA20-11567 de 5 de junio de 2020. Devuélvase el expediente al Tribunal de origen.
Radicación n.° 89299 SCLAJPT-04 V.00 2 Notifíquese y cúmplase. Presidente de la Sala Radicación n.° 89299 SCLAJPT-04 V.00 3 SCLTJPT-05 V.01 CÓDIGO ÚNICO DEL PROCESO 680013105006201600428-01 RADICADO INTERNO: 89299 RECURRENTE: EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE BUCARAMANGA S.A. E.S.P. TELEBUCARAMANGA OPOSITOR: SANTIAGO ROSALES BELTRAN (Q.E.P.D.), ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES COLPENSIONES MAGISTRADO PONENTE: DRA.CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN En la fecha 28 de junio de 2021, a las 8:00 a.m. se notifica por anotación en Estado n.° 104 la providencia proferida el 23 de junio de 2021.
SECRETARIA__________________________________ Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE EJECUTORIA En la fecha 1.º de julio de 2021 y hora 5:00 p.m., queda ejecutoriada la providencia proferida el 23 de junio de 2021. SECRETARIA___________________________________