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AL246-2026Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral2026

Magistrado ponente: Clara Inés López Dávila

Ley 1581 de 2012Ley 527 de 1999

SCLAJPT-05 V.00 CLARA INÉS LÓPEZ DÁVILA Magistrada ponente AL246-2026 Radicación n.° 50006315300120210022301 Acta 2 Bogotá, D. C., veintiocho (28) de enero de dos mil veintiséis (2026) Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Protección S. A. vs. Ana María Varón Orozco, Rosaura Varón Orozco y A. A. A. A. quien actúa en nombre propio y de la menor K. K. K. K.1 Se reconoce personería para actuar dentro del presente asunto a los abogados Francisco José Cortés Mateus y Juan Francisco Hernández Roa, con tarjeta profesional n. ° 91.276 y 35.277 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderados judiciales de la recurrente, en los términos y para los efectos de la sustitución de poder obrante registro digital de fecha 16 de enero de 2026 del Portal Ecosistema Digital de Acciones Virtuales (ESAV). 1 De conformidad con el artículo 7. ° de la Ley 1581 de 2012, se omite el nombre del niño, niña o adolescente y en garantía de su derecho a la intimidad se anonimiza el de su padre.

Radicación n.° 50006315300120210022301 SCLAJPT-05 V.00 2 Se acepta el DESISTIMIENTO del recurso de casación que interpuso la parte recurrente, contra la sentencia proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del distrito judicial de Villavicencio, en el juicio de la referencia. Sin costas, toda vez que no se causaron. Devuélvase el expediente al tribunal de origen Notifíquese, publíquese y cúmplase.

Firmado electrónicamente por: VÍCTOR JULIO USME PEREA Presidente de la Sala JUAN CARLOS ESPELETA SÁNCHEZ LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ CLARA INÉS LÓPEZ DÁVILA OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR MARJORIE ZÚÑIGA ROMERO Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999 Código de verificación: 1C85FD0C128A9D1D175CEE7872CAF896FB2E1AD7E3752B31B03F2CEAA78E5123 Documento generado en 2026-01-28