SCLAJPT-04 V.00 ggc IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ Magistrado ponente AL2286-2020 Radicación n.° 86948 Acta 31 Bogotá, D. C., veintiséis (26) de agosto de dos mil veinte (2020). José Héctor Beltrán Durán vs. Aerovías del Continente Americano S.A. Avianca y otros. Téngase en cuenta la renuncia al poder presentada por los apoderados de la opositora Cooperativa de Trabajadores de Avianca - Coopava, al mandato que les fuera conferido por esta, conforme al memorial que obra a folio 5 del cuaderno de la Corte.
Lo anterior, en tanto se dio cumplimiento a la exigencia consagrada en el inciso 4 del artículo 76 del Código General del Proceso, el sentido de aportar «copia de la comunicación enviada a su poderdante (…)». Conforme al escrito obrante a folio 16 del cuaderno de la Corte, presentado por el apoderado de la recurrente, acéptese el DESISTIMIENTO del recurso de casación Radicación n.°86948 SCLAJPT-04 V.00 2 interpuesto contra la sentencia proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior Judicial de Bogotá D.C., en el juicio de la referencia. Sin costas en este asunto en tanto el desistimiento se presentó en el término de traslado.
Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese y cúmplase. Radicación n.°86948 SCLAJPT-04 V.00 3 Radicación n.°86948 SCLAJPT-04 V.00 4 SCLTJPT-05 V.01 CÓDIGO ÚNICO DEL PROCESO 110013105018201600118-01 RADICADO INTERNO: 86948 RECURRENTE: JOSE HECTOR BELTRAN DURAN OPOSITOR: COOPERATIVA DE TRABAJO ASOCIADO SERVICOPAVA EN LIQUIDACION, COOPERATIVA DE TRABAJADORES DE AVIANCA, AEROVIAS DEL CONTINENTE AMERICANO S.A. AVIANCA MAGISTRADO PONENTE: DR.IVAN MAURICIO LENIS GOMEZ Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN En la fecha 16 de septiembre de 2020, Se notifica por anotación en estado n.° 96 la providencia proferida el 26 de agosto de 2020.
SECRETARIA__________________________________ Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE EJECUTORIA En la fecha 21 de septiembre de 2020 y hora 5:00 p.m., queda ejecutoriada la providencia proferida el 26 de agosto de 2020. SECRETARIA___________________________________