República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casaelie Laboral Sala de Desamo:dio N. 3 JORGE PRADA SÁNCHEZ Magistrado ponente AL2187-2022 Radicación n.° 78993 Acta 18 Bogotá, D. C., veinticinco (25) de mayo de dos mil veintidós (2022). El apoderado de la demandada pide corregir la sentencia CSJ SL1514-2021, por cuanto a título de agencias en derecho se impusieron «$4.400. 00», cuando debió ser $4.400.000, como consecuencia de un yerro aritmético.
I. CONSIDERACIONES Tiene razón el memorialista al identificar el error aritmético que cometió la Sala en la decisión aludida, por cuanto las agencias en derecho a cargo del recurrente en el ario 2021, se fijaron en $4.400.000, que no en «$4.400.00» como equivocadamente se anotó. En consecuencia, y en virtud de lo normado por el artículo 286 del Código General del Proceso, se dispone que el valor de las agencias en derecho impuestas al demandante SCLAJPT-04 V.00 Radicación n.° 78993 es de $4.400.000.
En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, II.
RESUELVE
Corregir el valor de las agencias en derecho impuestas al recurrente; se fijan en $4.400.000, de conformidad con la parte motiva de esta providencia. Notifíquese y cúmplase. DONALD JOSÉ DIX PONNEFZ (Ausencia justificada) I I C-DC)C-1>(- - JIMENA ISABEL GODOY FAJARDO SCLAJPT-04 V.00 2 SCLTJPT-05 V.01 CÓDIGO ÚNICO DEL PROCESO 157593105001201200127-01 RADICADO INTERNO: 78993 RECURRENTE: WALTER HUGO LEAL LEAL OPOSITOR: CEMENTOS ARGOS S. A. MAGISTRADO PONENTE: DR.JORGE PRADA SANCHEZ Secretaría Adjunta Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN En la fecha 27/05/2022, Se notifica por anotación en estado n.° 68 la providencia proferida el 25/05/2022.
SECRETARIA__________________________________ Secretaría Adjunta Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE EJECUTORIA En la fecha 02/06/2022 y hora 5:00 p.m., queda ejecutoriada la providencia proferida el 25/05/2022. SECRETARIA___________________________________