SCLAJPT-05 V.00 LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ Magistrado ponente AL2176-2023 Radicación n.° 95609 Acta 32 Bucaramanga (Santander), treinta (30) de agosto de dos mil veintitrés (2023). MIRNA ROSA GENES FLÓREZ vs. SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS PORVENIR S.A., y OTRO Sería del caso pronunciarse sobre la admisión de la demanda de casación en el recurso extraordinario interpuesto por el apoderado de la parte demandante, contra la sentencia de segunda instancia proferida en el proceso de la referencia, de no ser porque ésta no fue presentada.
En efecto, mediante proveído de 26 de octubre de 2022 se admitió el recurso de casación interpuesto por la demandante y se corrió traslado a la contra parte por el término de ley. Esta providencia fue notificada en estado N.° 155 de 26 de octubre de 2022. Radicación n.° 95609 SCLAJPT-05 V.00 2 En materia de traslados, desde la emisión del Acuerdo 051 de 2020 por parte de la Sala Plena de la Corporación, se determinó que «El traslado a las partes se comunicará a través del Sistema de Gestión Judicial siglo XXI y se cumplirá en los términos legales, dejándose constancia en el documento electrónico respectivo».
Visto el citado sistema, para este caso, el traslado a la recurrente inició el día 02 de noviembre y venció el día 01 de diciembre de 2022. De acuerdo al informe secretarial, se manifestó: Al despacho del Magistrado Dr. Luis Benedicto Herrera Díaz, expediente contentivo del recurso, le informo que el traslado a la parte recurrente Mirna Rosa Genes Flórez inició el 2 de noviembre de 2022 y venció el 1°de diciembre de la misma anualidad.
No fue recibida sustentación al recurso. Fueron inhábiles desde la iniciación del traslado hasta su vencimiento los días: 5, 6, 7, 12, 13, 14, 19, 20, 26 y 27 de noviembre de 2022. Ante la ausencia de la presentación de la demanda de casación, en consecuencia, el recurso se declara DESIERTO. En firme la presente providencia, devuélvase el expediente al Tribunal de origen.
Notifíquese y cúmplase. Radicación n.° 95609 SCLAJPT-05 V.00 3 No firma por ausencia justificada FERNANDO CASTILLO CADENA Radicación n.° 95609 SCLAJPT-05 V.00 4 SCLTJPT-05 V.01 Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN En la fecha 31 DE AGOSTO DE 2023, a las 8:00 a.m., se notifica por anotación en estado n.° 138 la providencia proferida el 30 DE AGOSTO DE 2023 SECRETARIA__________________________________ Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE EJECUTORIA En la fecha 5 DE SEPTIEMBRE DE 2023 y hora 5:00 p.m., queda ejecutoriada la providencia proferida el 30 DE AGOSTO DE 2023 SECRETARIA___________________________________