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AL2001-2023Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral2023

Magistrado ponente: Luis Benedicto Herrera Díaz

SCLAJPT-09 V.00 LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ Magistrado ponente AL2001-2023 Radicación n.°98912 Acta 30 Bogotá, D. C., dieciséis (16) de agosto de dos mil veintitrés (2023). SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS PORVENIR S.A. vs. ESPERANZA HINESTROZA PERLAZA y OTROS La Sala advierte que se presenta un error en el Sistema de Gestión siglo XXI, por cuanto el nombre de la recurrente es Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Porvenir S.A. Por Secretaría, corríjase a la mencionada parte en el sistema, en el acta de reparto y en la carátula del cuaderno de la Corte.

Luego de verificar en el Sistema de información del Registro Nacional de Abogados -SIRNA- su calidad de abogado, se reconoce personería al doctor Juan Francisco Hernández Roa, con tarjeta profesional n.° 35.277 del Radicación n.° 98912 SCLAJPT-09 V.00 2 Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado de la demandada Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Porvenir S.A., en los términos y para los efectos del memorial de sustitución conferido.

Acéptese el desistimiento del recurso de casación interpuesto por el apoderado de la parte demandada Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Porvenir S.A., recurrente contra la sentencia de segunda instancia proferida en el proceso de la referencia. Sin costas, por no haberse causado. Devuélvase el expediente al Tribunal de origen.

Notifíquese y cúmplase. No firma por ausencia justificada FERNANDO CASTILLO CADENA Radicación n.° 98912 SCLAJPT-09 V.00 3 SCLTJPT-05 V.01 Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN En la fecha 17 DE AGOSTO DE 2023, a las 8:00 a.m., se notifica por anotación en estado n.° 129 la providencia proferida el 16 DE AGOSTO DE 2023 SECRETARIA__________________________________ Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE EJECUTORIA En la fecha 23 DE AGOSTO DE 2023 y hora 5:00 p.m., queda ejecutoriada la providencia proferida el 16 DE AGOSTO DE 2023 SECRETARIA___________________________________