Micelio
AL1926-2015Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral2015

Magistrado ponente: Luis Gabriel Miranda Buelvas

Ley 1395 de 2010

República de Colombia Corte Suprema de Justicia Radicación n°68744 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS Magistrado Ponente AL1926-2015 Radicación n°68744 Acta 011 Bogotá, D.C., quince (15) de abril de dos mil quince (2015). MARÍA RUBIELA LASPRILLA REBELLÓN vs. BANCO COLPATRIA - RED MULTIBANCA COLPATRIA S. A. Como quiera que según el informe secretarial que antecede, el recurso de casación no fue sustentado por el demandante y único recurrente dentro del término legal, se declara DESIERTO.

Conforme lo previsto por el artículo 93 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, modificado por el 49 de la Ley 1395 de 2010, se impone al apoderado de dicha parte, Hennio José Sandoval Santacruz, identificado con Cédula de Ciudadanía N° 10’475.479 y portador de la Tarjeta Profesional N° 31.255 del C.S. de la J., multa de diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes a favor de La Nación -Consejo Superior de la Judicatura-, a quien se le remitirá copia de esta providencia, para lo de su cargo.

El profesional del derecho mencionado recibirá notificación de la presente providencia en la calle 6a n° 52 A – 45, oficina 19 A, centro comercial “súper rápido del sur” de la ciudad Cali, tal como lo manifestó en la demanda inicial (folio 45), y deberá realizar el pago de la sanción impuesta en el Banco Agrario, cuenta DTN multas y cauciones efectivas N° 3-0070-000030-4.

Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese y cúmplase. CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO Presidenta de Sala JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO GUSTAVO HERNANDO LÓPEZ ALGARRA LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS PAGE 3