SCLAJPT-09 V.00 LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ Magistrado ponente AL1868-2023 Radicación n.°98055 Acta 28 Bogotá, D. C., dos (2) de agosto de dos mil veintitrés (2023). HENRY ALBERTO HERNÁNDEZ VILLAMIZAR vs. ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES (COLPENSIONES) No tener en cuenta la renuncia presentada por la apoderada de la parte opositora Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), con lo dispuesto en el artículo 76 del Código General del Proceso, en cuanto a que debió acompañar el memorial de renuncia con la comunicación enviada a la poderdante.
Se reconoce personería como apoderado de Henry Alberto Hernández Villamizar a Aura Katherine Díaz Páez identificada con cedula n° 19.294.623 y T.P. 331.863 del C. Radicación n.° 98055 SCLAJPT-09 V.00 2 S. de la J. en los términos y para los efectos del mandato conferido. Sería del caso pronunciarse sobre la admisión de la demanda de casación en el recurso extraordinario interpuesto por el apoderado de la parte demandante Marcelo Alejandro Cotes Castro, contra la sentencia de segunda instancia proferida en el proceso de la referencia, de no ser porque su presentación se produjo por fuera del término concedido para tales efectos.
Mediante proveído del 31 de mayo del 2023, se corrió traslado a la parte recurrente por el término de ley, que venció el 7 de julio del 2023. Por su parte, la demanda de casación fue recibida en la Secretaría de la Sala por medio de correo electrónico el 10 de julio siguiente, por lo cual, el recurso de casación fue sustentado de manera extemporánea, y en consecuencia, se declara DESIERTO.
En firme la presente providencia devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese y cúmplase. Radicación n.° 98055 SCLAJPT-09 V.00 3 No firma por ausencia justificada FERNANDO CASTILLO CADENA Radicación n.° 98055 SCLAJPT-09 V.00 4 SCLTJPT-05 V.01 Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN En la fecha 3 DE AGOSTO DE 2023, a las 8:00 a.m., se notifica por anotación en estado n.° 121 la providencia proferida el 2 DE AGOSTO DE 2023 SECRETARIA__________________________________ Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE EJECUTORIA En la fecha 9 DE AGOSTO DE 2023 y hora 5:00 p.m., queda ejecutoriada la providencia proferida el 2 DE AGOSTO DE 2023 SECRETARIA___________________________________