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AL1768-2024Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral2024

Magistrado ponente: Fernando Castillo Cadena

Ley 270 de 1996Ley 527 de 1999

1. Juzgado Octavo Civil del Circuito de Cali y Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Cali FERNANDO CASTILLO CADENA Magistrado ponente AL1768-2024 Radicación n.° 101116 Bogotá, D.C., ocho (8) de abril de dos mil veinticuatro (2024). Revisadas las diligencias, se advierte que la resolución del conflicto de competencia de la referencia corresponde a la Sala Plena de esta Colegiatura, toda vez que en él se involucran despachos de distintas especialidades¹.

Lo anterior, de conformidad con lo previsto en el artículo 17, numeral 3, de la Ley 270 de 1996, según el cual, a aquella corresponde «resolver los conflictos de competencia en la Jurisdicción Ordinaria, que no correspondan a alguna de sus Salas o a otra autoridad judicial (…)»; en concordancia con lo dispuesto en el canon 10, numeral 15, del Acuerdo 006 de 2002 (Reglamento Interno de esta Corporación).

En consecuencia, por Secretaría remítase el expediente a la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, para que se surta el enunciado reparto del presente conflicto de competencia. Comuníquese a los interesados por un medio expedito. Notifíquese, publíquese y cúmplase. Firmado electrónicamente por: FERNANDO CASTILLO CADENA Magistrado Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999 Código de verificación: 4B1195F076F17C03695D7278B787F5653CDAAB3BAA5F48BA27D91AAD4E18EA45 Documento generado en 2024-04-08