SCLAJPT-06 V.00 LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ Magistrado ponente AL1699-2025 Radicación n.° 05615-31-05-001-2022-00126-01 Acta 10 Bogotá D.C., veintiséis (26) de marzo de dos mil veinticinco (2025) MARÍA ELENA URIBE ESCUDERO vs. SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE PENSIONES Y CESANTÍAS PROTECCIÓN S. A. Como quiera que según el informe secretarial que antecede, el recurso de casación no fue sustentado por la parte recurrente María Elena Uribe Escudero, dentro del término legal, se declara DESIERTO.
En firme la presente providencia devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese y cúmplase. Firmado electrónicamente por: CLARA INÉS LÓPEZ DÁVILA Presidenta de la Sala LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR MARJORIE ZÚÑIGA ROMERO Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999 Código de verificación: 028F2B559E3B1682E114A666B481E98D0E09CA96ECEF476C23C856434EEEEAB8 Documento generado en 2025-03-26