SCLAJPT-05 V.00 CLARA INÉS LÓPEZ DÁVILA Magistrada ponente AL1558-2025 Radicación n.° 15001310500120200008201 Acta 9 Bogotá, D. C., dieciséis (19) de marzo de dos mil veinticinco (2025). Dolly Bibiana Martínez Ariza vs. Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Porvenir S. A., Skandia Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías S. A., Colfondos S. A. Pensiones y Cesantías y Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) Se acepta el DESISTIMIENTO del recurso de casación que interpuso la parte recurrente, contra la sentencia proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del distrito judicial de Tunja, en el juicio de la referencia. Se reconoce personería para actuar dentro del presente asunto a la firma Unión Temporal Alianza Legal & Jurídica, con NIT n.° 901.902.263-1, como apoderada judicial de Radicación n.° 15001310500120200008201 SCLAJPT-05 V.00 2 Colpensiones, en los términos y para los efectos de la escritura pública obrante en el registro digital de 28 de enero de 2025 del portal Ecosistema Digital de Acciones Virtuales (ESAV).
Asimismo, se reconoce personería para actuar dentro del presente asunto a la abogada Mónica Yazmin Ángel Vargas, con tarjeta profesional n. ° 281.004 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderada judicial de Colpensiones, en los términos y para los efectos de la sustitución de poder obrante en el registro digital de 28 de enero de 2025 del portal Ecosistema Digital de Acciones Virtuales (ESAV).
Sin costas, toda vez que no se causaron. Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese, publíquese y cúmplase. Firmado electrónicamente por: CLARA INÉS LÓPEZ DÁVILA Presidenta de la Sala LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR MARJORIE ZÚÑIGA ROMERO Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999 Código de verificación: 5C07AB00361C199C6ACC9D72C08FD82E2D2DF60C9B06CE9A1430BA1483C05EFC Documento generado en 2025-03-19