SCLAJPT-04 V.00 OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR Magistrado ponente AL1411-2023 Radicación n.°96432 Acta 22 Bogotá, D. C., veintiuno (21) de junio de dos mil veintitrés (2023). JAIME MARTÍNEZ MARTÍNEZ Y OTRO vs. FEDERACIÓN NACIONAL DE CAFETEROS DE COLOMBIA Y OTROS. Acéptese el desistimiento del recurso de casación presentado por la parte recurrente, Jaime Martínez Martínez, contra la sentencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Laboral, en el proceso ordinario laboral promovido contra la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia y otros.
Se autoriza para actuar en el proceso de la referencia al doctor Fernando Vásquez Botero, con Tarjeta Profesional n.°14.933, como apoderado especial de la parte recurrente, Federación Nacional de Cafeteros de Colombia, conforme al poder que precede. Radicación n.° 96432 SCLAJPT-04 V.00 2 La demanda de casación presentada por la parte recurrente, Federación Nacional de Cafeteros de Colombia, satisface las exigencias formales externas de ley.
Como quiera que el artículo 2° de la Ley 2213 de 2022 autoriza el uso de las tecnologías de la información en la gestión y trámite de los procesos judiciales a fin de facilitar y agilizar el acceso a la justicia, y en este asunto las partes pueden acceder al expediente digital de forma simultánea, córrase traslado al mismo tiempo a cada uno de los opositores, Jaime Martínez Martínez, la Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Porvenir S.A., Fiduciaria la Previsora – Fiduprevisora S.A. (como vocera del Patrimonio Autónomo Panflota), Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Asesores en Derecho S.A.S., por el término legal, conforme lo autoriza el artículo 95 del Código de Procedimiento del Trabajo y la Seguridad Social, modificado por el artículo 65 del Decreto 528 de 1964.
Notifíquese y cúmplase. Presidente de la Sala Radicación n.° 96432 SCLAJPT-04 V.00 3 IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ No firma por ausencia justificada Radicación n.° 96432 SCLAJPT-04 V.00 4 SCLTJPT-05 V.01 Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN En la fecha 23 de junio de 2023, a las 8:00 a.m. se notifica por anotación en Estado n.° 097 la providencia proferida el 21 de junio de 2023.
SECRETARIA__________________________________ Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE EJECUTORIA En la fecha 28 de junio de 2023 y hora 5:00 p.m., queda ejecutoriada la providencia proferida el 21 de junio de 2023. SECRETARIA___________________________________ Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia INICIO TRASLADO Desde hoy 29 de junio de 2023 a las 8:00 a.m. se inicia traslado al mismo tiempo y por el término de 15 días a TODOS los OPOSITORES.
SECRETARIA___________________________________