GERARDO BOTERO ZULUAGA Magistrado ponente AL1295-2021 Radicación n.° 88860 Acta n° 13 Bogotá, D. C., catorce (14) de abril de dos mil veintiuno (2021). UNIÓN SINDICAL DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA ALIMENTICIA (USTRIAL) Y OTRO VS SOCIEDAD A TIEMPO SERVICIOS SAS Y OTRO. Se avoca el conocimiento del recurso extraordinario de anulación interpuesto por la SOCIEDAD ATIEMPO SERVICIOS SAS y la UNIÓN SINDICAL DE TRABAJADORES LA INDUSTRIA ALIMENTICIA (USTRIAL), contra el laudo arbitral proferido por el Tribunal de Arbitramento, el 5 de octubre de 2020, con ocasión del conflicto colectivo de trabajo suscitado entre los recurrentes.
Córrase traslado por el término de tres (3) días, a las partes, para que presenten por separado sus alegaciones, si Radicación n.° 88860 2 así lo consideran; lo anterior según lo dicho en auto CSJ AL2314-2014, en el que la Sala estableció que: “(…) En consecuencia, esta Corte rectifica la postura adoptada mediante auto CSJSL, 5 Feb 2008, rad. 34622, y retoma aquella según la cual el plazo para interponer y sustentar el recurso de anulación es de tres días contados a partir de la notificación del laudo, lo cual debe hacerse para ante el tribunal de arbitramento respectivo, como requisito previo a la remisión del expediente a esta Corporación. Finalmente, y como quiera que la norma en estudio nada dice sobre el derecho constitucional de réplica que le asiste a la parte contraria, esta Sala, con fundamento en el artículo 119 del Código de Procedimiento Civil, aplicable a los juicios del trabajo y de la seguridad social por remisión expresa del artículo 145 del CST y SS, en armonía con lo consagrado en el 40 ibídem, estima necesario fijar un término igual de tres días para que la parte contraria, si a bien lo tiene, presente sus alegaciones ante esta Corporación (…)”.
Notifíquese y cúmplase. Presidente de la Sala Radicación n.° 88860 3 Radicación n.° 88860 4 Radicación n.° 88860 5 SCLTJPT-05 V.01 CÓDIGO ÚNICO DEL PROCESO 130012205000202088860-01 RADICADO INTERNO: 88860 RECURRENTE: ATIEMPO SERVICIOS S.A.S. SERVIATIEMPO S.A.S., UNION SINDICAL DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA ALIMENTICIA (USTRIAL) OPOSITOR: ATIEMPO SERVICIOS S.A.S. SERVIATIEMPO S.A.S., UNION SINDICAL DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA ALIMENTICIA (USTRIAL) MAGISTRADO PONENTE: DR.GERARDO BOTERO ZULUAGA Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN En la fecha 16 de abril de 2021, Se notifica por anotación en estado n.° 058 la providencia proferida el 14 de abril de 2021.
SECRETARIA__________________________________ Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE EJECUTORIA En la fecha 21 de abril de 2021 y hora 5:00 p.m., queda ejecutoriada la providencia proferida el 14 de abril de 2021. SECRETARIA___________________________________