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AL126-2016Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral2016

Magistrado ponente: Luis Gabriel Miranda Buelvas

Ley 1395 de 2010

República de Colombia Corte Suprema de Justicia Radicación n°72397 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS Magistrado Ponente AL126-2016 Radicación n°72397 Acta 001 Bogotá, D.C., veinte (20) de enero de dos mil dieciséis (2015). PABLO ANTONIO JIMÉNEZ BETANCUR Vs. RODRIGO MESA RESTREPO CURADOR AD LITEM DE RAÚL DE JESÚS JIMÉNEZ BETANCUR.

Como quiera que según el informe secretarial que antecede, el recurso de casación no fue sustentado dentro del término legal por el demandante y único recurrente, se declara DESIERTO. En vista de que en el proceso de la referencia el demandante actúa en causa propia, y conforme a lo previsto por el artículo 93 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, modificado por el 49 de la Ley 1395 de 2010, se le impone al apoderado de dicha parte, Pablo Antonio Jiménez Betancur, identificado con Cédula de Ciudadanía número 8.293.846 y portador de la Tarjeta Profesional número 88.295 del C.S. de la J., multa de diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes a favor de la Nación -Consejo Superior de la Judicatura-, a quien se le remitirá copia de esta providencia, para lo de su cargo.

El profesional del derecho mencionado recibirá notificación de la presente providencia en la calle 40 n° 42-17, piso 3° de la ciudad de Medellín, tal como consta en la demanda inicial (folio 4), y deberá realizar el pago de la sanción impuesta en el Banco Agrario, cuenta DTN multas y cauciones efectivas N° 3-0070-000030-4. Devuélvase el expediente al Tribunal de origen.

Notifíquese y cúmplase. CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO Presidenta de Sala JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS 2