SCLAJPT-10 V.00 GIOVANNI FRANCISCO RODRÍGUEZ JIMÉNEZ Magistrado ponente AL1184-2023 Radicación n.° 63773 Acta 16 Sincelejo, diecisiete (17) de mayo de dos mil veintitrés (2023). Decide la Corte la solicitud formulada por LIBARDO BOLÍVAR POSADA tendiente a que se liquiden las costas del proceso que promovió contra la ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS COLFONDOS S.A. (COLFONDOS S.A.), y el INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES (ISS), hoy ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES (COLPENSIONES).
I.
ANTECEDENTES Mediante sentencia CSJ SL507-2023 la Corte casó el fallo impugnado, y en sede de instancia, revocó el del juzgado. En su lugar, declaró la ineficacia de la afiliación del demandante al RAIS, y condenó a Colpensiones a pagarle la pensión de jubilación con fundamento en el Decreto 546 de 1971, a partir del día de su desafiliación del sistema.
Radicación n.° 63773 SCLAJPT-10 V.00 2 Ahora, la parte actora pide que se proceda a la fijación, liquidación y aprobación de las costas procesales dentro del recurso extraordinario. II. CONSIDERACIONES La solicitud del demandante es improcedente, toda vez que no es esta la oportunidad procesal adecuada para la liquidación de las costas procesales, ni la corporación competente para ello.
En efecto, el artículo 366 del CGP prevé que aquellas «serán liquidadas de manera concentrada en el juzgado que haya conocido del proceso en primera o única instancia, inmediatamente quede ejecutoriada la providencia que le ponga fin al proceso o notificado el auto de obedecimiento a lo dispuesto por el superior […]». Por lo expuesto, se rechazará la solicitud del actor.
III. DECISIÓN PRIMERO: Rechazar la solicitud de liquidación de costas impetrada por el demandante.
SEGUNDO: Devuélvanse las presentes diligencias al Tribunal de origen. Notifíquese y cúmplase. ANA MARÍA MUÑOZ SEGURA OMAR DE JESÚS RESTREPO OCHOA GIOVANNI FRANCISCO RODRÍGUEZ JIMÉNEZ SCLTJPT-05 V.01 CÓDIGO ÚNICO DEL PROCESO 660013105003201200196-01 RADICADO INTERNO: 63773 RECURRENTE: LIBARDO BOLÍVAR POSADA OPOSITOR: ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS COLFONDOS S.A. – COLFONDOS S.A;
Y OTRO MAGISTRADO PONENTE: DR. GIOVANNI FRANCISCO RODRÍGUEZ JIMÉNEZ Secretaría Adjunta Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN En la fecha 29/05/2023, se notifica por anotación en estado n.° 071, la providencia proferida el 17/05/2023. SECRETARIA__________________________________ Secretaría Adjunta Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE EJECUTORIA En la fecha 01/06/2023 y hora 5:00 p.m., queda ejecutoriada la providencia proferida el 17/05/2023.
SECRETARIA__________________________________