SCLAJPT-04 V.00 IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ Magistrado ponente AL117-2023 Radicación n.° 95822 Acta 3 Bogotá D.C., primero (1) de febrero de dos mil veintitrés (2023). Electrificadora del Meta S.A. E.S.P. vs. La Asociación de Trabajadores Profesionales de la Electrificadora del Meta S.A. E.S.P. “ASPROFEMSA” Una vez revisado el proceso de la referencia, la Sala advierte que: 1.
El laudo arbitral de 1 de julio 2022 que profirió el Tribunal de Arbitramento Obligatorio que dirimió el conflicto colectivo de trabajo suscitado entre las partes fue notificado a las partes vía correo electrónico en la misma data a las 3:31 y 3:35 p.m. 2. El 7 de julio de 2022 a las 10:51 a.m. y 4:00 p.m., los apoderados de las partes presentaron solicitud de aclaración y adición contra el laudo arbitral Radicación n.° 95822 SCLAJPT-04 V.00 2 referenciado, solicitud que fue resuelta mediante auto de 19 de julio de 2022, notificado a las partes por la misma vía el 21 de julio de 2022. 3.
El 25 de julio de 2022, el apoderado de la recurrente interpuso recurso de anulación contra el laudo proferido por el Tribunal de Arbitramento. Teniendo en cuenta lo anterior, la Corte avoca el conocimiento del recurso de anulación que la Electrificadora del Meta S.A. E.S.P. interpuso contra el laudo arbitral de 1 julio de 2022 proferido por el Tribunal de Arbitramento Obligatorio que dirimió el conflicto colectivo de trabajo suscitado entre la recurrente y la Asociación de Trabajadores Profesionales de la Electrificadora del Meta S.A. E.S.P. “ASPROFEMSA”.
Asimismo, se ordena dar traslado como opositor a la Asociación de Trabajadores Profesionales de la Electrificadora del Meta S.A. E.S.P. “ASPROFEMSA” para que en un término de tres (3) días hábiles presente alegaciones, si así lo considera pertinente. Notifíquese y cúmplase. Radicación n.° 95822 SCLAJPT-04 V.00 3 Radicación n.° 95822 SCLAJPT-04 V.00 4 SCLTJPT-05 V.01 Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN En la fecha 3 de febrero de 2023 a las 08:00 a.m., Se notifica por anotación en estado n.° 011 la providencia proferida el 1.° de febrero de 2023.
SECRETARIA__________________________________ Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE EJECUTORIA En la fecha 8 de febrero de 2023 y hora 5:00 p.m., queda ejecutoriada la providencia proferida el 1.° de febrero de 2023. SECRETARIA___________________________________