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AL1063-2020Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral2020

Magistrado ponente: Gerardo Botero Zuluaga

SCLAJPT-04 V.00 GERARDO BOTERO ZULUAGA Magistrado ponente AL 1063-2020 Radicación N° 86654 Acta 20 Bogotá, D.C., diez (10) de junio de dos mil veinte (2020). SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS PORVENIR S.A. VS ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES COLPENSIONES Y OTRO. Téngase al doctor JUAN FRANCISCO HERNÁNDEZ ROA, identificado con T.P. 35277 del C.S. de la J., como apoderado sustituto de la parte recurrente, en los términos y para los efectos del memorial que obra a folio 8 del cuaderno de la Corte.

El apoderado judicial de la parte recurrente, en el escrito que obra a folios 11-13 del cuaderno de la Corte, DESISTE del recurso de casación, interpuesto contra el fallo proferido por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Radicación n.° 86654 SCLAJPT-04 V.00 2 Distrito Judicial de Bogotá, el 8 de mayo de 2019, en el proceso promovido por CONCEPCIÓN DÍAZ OSTOS contra SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS PORVENIR S.A. Así las cosas, se ADMITE EL DESISTIMIENTO, sin costas por cuanto no se causaron.

Devuélvase el expediente al tribunal de origen. Notifíquese y cúmplase. Radicación n.° 86654 SCLAJPT-04 V.00 3 SCLTJPT-05 V.01 CÓDIGO ÚNICO DEL PROCESO 110013105022201600260-01 RADICADO INTERNO: 86654 RECURRENTE: SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTIAS PORVENIR S. A. OPOSITOR: CONCEPCION DIAZ OSTOS, ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES COLPENSIONES MAGISTRADO PONENTE: DR.GERARDO BOTERO ZULUAGA Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN En la fecha 26 de junio de 2020, Se notifica por anotación en estado n.° 47 la providencia proferida el 10 de junio de 2020.

SECRETARIA__________________________________ Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE EJECUTORIA En la fecha 2 de julio de 2020 y hora 5:00 p.m., queda ejecutoriada la providencia proferida el 10 de junio de 2020. SECRETARIA___________________________________