Micelio
AL105-2025Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral2025

Magistrado ponente: Iván Mauricio Lenis Gómez

Decreto 528 de 1964Ley 527 de 1999

SCLAJPT-04 V.00 IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ Magistrado ponente AL105-2025 Radicación n.° 73001-31-05-006-2023-00338-01 Acta 1 Bogotá D.C., veintidós (22) de enero de dos mil veinticinco (2025). Leidy Yohana Aponte Riaño vs. Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Porvenir S.A. En vista de que la recurrente no presentó la demanda de casación dentro del término de traslado, la Sala de Casación Laboral declara DESIERTO el recurso, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 65 del Decreto 528 de 1964.

Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese, publíquese y cúmplase. Firmado electrónicamente por: MARJORIE ZÚÑIGA ROMERO Presidenta de la Sala LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ CLARA INÉS LÓPEZ DÁVILA OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999 Código de verificación: 630DB4086CABF693751705F07ED385D635215CB5EF8F2257352BD12271C471DA Documento generado en 2025-01-22