SCLAJPT-04 V.00 VÍCTOR JULIO USME PEREA Magistrado ponente AL10186-2026 Radicación n.° 05001-31-05-008-2019-00432-02 Acta 14 Bogotá, D. C., veintinueve (29) de abril de dos mil veintiséis (2026). Administradora de Fondos de Pensiones, Cesantías y del Componente Complementario de Ahorro Individual Protección SA y otro vs. Luis Eduardo Londoño Ramírez.
Por falta de sustentación dentro del término de traslado, se declaran DESIERTOS los recursos extraordinarios de casación interpuestos por la Administradora de Fondos de Pensiones, Cesantías y del Componente Complementario de Ahorro Individual Protección SA y la Compañía de Seguros Bolívar SA, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 65 del Decreto 528 de 1964.
Devuélvase el expediente al tribunal de origen. Notifíquese y cúmplase. VÍCTOR JULIO USME PEREA PRESIDENTE DE LA SALA JUAN CARLOS ESPELETA SÁNCHEZ LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ CLARA INÉS LÓPEZ DÁVILA OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR MARJORIE ZÚÑIGA ROMERO Firmado Por: Víctor Julio Usme Perea Magistrado Presidente Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Juan Carlos Espeleta Sánchez Magistrado Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Luis Benedicto Herrera Díaz Magistrado Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Iván Mauricio Lenis Gómez Magistrado Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Clara Inés López Dávila Magistrada Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Omar Ángel Mejía Amador Magistrado Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Marjorie Zúñiga Romero Magistrada Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 621e5b8583f5db0c0cc9027bb2368bcccd40ac6974070b44896471e4713b3512 Documento generado en 29/04/2026 03:44:47 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica