SCLAJPT-06 V.00 LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ Magistrado ponente AL10177-2026 Radicación n.° 08001-31-05-005-2022-00108-01 Acta 14 Bogotá D.C., veintinueve (29) de abril de dos mil veintiséis (2026) DIRECCIÓN DISTRITAL DE LIQUIDACIONES DE BARRANQUILLA vs. ORLANDO DE JESÚS HERNÁNDEZ RUIZ y el DISTRITO ESPECIAL, INDUSTRIAL Y PORTUARIO DE BARRANQUILLA Como quiera que según el informe secretarial que antecede, el recurso de casación no fue sustentado por la parte recurrente Dirección Distrital de Liquidaciones de Barranquilla, dentro del término legal, se declara DESIERTO.
En firme la presente providencia devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese y cúmplase. VÍCTOR JULIO USME PEREA PRESIDENTE DE LA SALA JUAN CARLOS ESPELETA SÁNCHEZ LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ CLARA INÉS LÓPEZ DÁVILA OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR MARJORIE ZÚÑIGA ROMERO No firma por impedimento Firmado Por: Víctor Julio Usme Perea Magistrado Presidente Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Juan Carlos Espeleta Sánchez Magistrado Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Luis Benedicto Herrera Díaz Magistrado Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Iván Mauricio Lenis Gómez Magistrado Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Clara Inés López Dávila Magistrada Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Omar Ángel Mejía Amador Magistrado Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Marjorie Zúñiga Romero No Firma Por Impedimento Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: bfefc7ca8f76b32df9d90ff003ed219c9f2b17e86045354ba3ca05ffe3facdd9 Documento generado en 29/04/2026 05:13:33 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica