SCLAJPT-04 V.00 MARJORIE ZÚÑIGA ROMERO Magistrada ponente AL10174-2026 Radicación n.° 05001-31-05-016-2016-01124-02 Acta 13 Bogotá D. C., veintidós (22) de abril de dos mil veintiséis (2026) Rosa Angélica Graciano Restrepo vs. Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) y otros. En vista de que la recurrente no presentó la demanda de casación dentro del término de traslado, la Sala de Casación Laboral declara DESIERTO el recurso, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 65 del Decreto 528 de 1964.
De otro lado, téngase en cuenta la terminación del poder que el abogado Francisco Alberto Giraldo Luna, identificado con T. P. 122.621 del C. S. J., presentó en calidad de apoderado de la recurrente. Lo anterior, por cuanto se dio cumplimiento a la exigencia consagrada en el artículo 76 del Código General del Proceso por remisión del artículo 145 del Código Procesal Laboral y de la Seguridad Social.
Radicación n.° 05001-31-05-016-2016-01124-02 SCLAJPT-04 V.00 2 Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese y cúmplase. VÍCTOR JULIO USME PEREA PRESIDENTE DE LA SALA JUAN CARLOS ESPELETA SÁNCHEZ LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ CLARA INÉS LÓPEZ DÁVILA OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR MARJORIE ZÚÑIGA ROMERO Firmado Por: Víctor Julio Usme Perea Magistrado Presidente Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Juan Carlos Espeleta Sánchez Magistrado Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Luis Benedicto Herrera Díaz Magistrado Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Iván Mauricio Lenis Gómez Magistrado Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Clara Inés López Dávila Magistrada Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Omar Ángel Mejía Amador Magistrado Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Marjorie Zúñiga Romero Magistrada Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: f343b94532dfbb7dcb64f57b05131dd5eb4408dbf6fb681931a3731aeecbdf9c Documento generado en 22/04/2026 07:32:08 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica