Radicación n° 82546 GERARDO BOTERO ZULUAGA Magistrado Ponente AL1014-2019 Radicación n° 82546 Acta 6 Bogotá, D.C., veinte (20) de febrero de dos mil diecinueve (2019). Procede la Corte a estudiar la solicitud allegada por el apoderado de la recurrente, dentro del proceso adelantado por MARÍA INÉS FORERO NIAMPIRA contra FIDUAGRARIA S.A. obrando como vocera y administradora del PATRIMONIO AUTÓNOMO DE REMANENTES DEL ISS.
I.
ANTECEDENTES Por auto del 21 de noviembre de 2018, se admitió el recurso de casación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia proferida el 6 de febrero de esa misma anualidad, por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá. Dentro del término de traslado, el apoderado de la actora manifestó su imposibilidad de sustentar el recurso, en razón a que el CD que obra en el expediente, contiene la audiencia de segunda instancia, surtida en el curso de otro proceso, por lo que solicita, se incorpore al plenario el audio correspondiente a la sentencia que se ataca, y se reanude el término del traslado.
II. CONSIDERACIONES Dado el requerimiento elevado por el apoderado de la parte recurrente, una vez revisado el medio magnético obrante en el plenario, la Sala constata que en efecto existe un archivo de audio correspondiente a otro proceso diferente al que en este caso ocupa nuestra atención, en el que funge como parte demandante Gustavo Rojas Bonilla, y como demandada Incolbest S.A., por lo que habrá de ordenarse al Tribunal de origen, que proceda a remitir copia del disco compacto que contenga el fallo de segunda instancia, proferido el 6 de febrero de 2018, dentro del proceso de María Inés Forero Niampira contra el Instituto de Seguros Sociales En Liquidación; una vez incorporado el medio magnético al expediente, córrase traslado a la parte recurrente por el término legal.
III. DECISIÓN En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de justicia, Sala de Casación Laboral, IV.
RESUELVE
PRIMERO: Téngase al doctor ORLANDO BECERRA GUTIÉRREZ, identificado con T.P. 60784 del C.S. de la J., como apoderado del PATRIMONIO AUTÓNOMO DE REMANENTES DEL ISS EN LIQUIDACIÓN, en los términos y para los efectos del memorial que obra a folios 7 a 32 del cuaderno de la Corte.
SEGUNDO: ORDENAR que por Secretaría, se requiera a Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, para que, en el término de quince (15) días allegue el CD contentivo de la sentencia proferida el 6 de febrero de 2018, dentro del presente asunto, y, una vez recibido y verificada su calidad y contenido por la Secretaría de la Sala, incorpórese al expediente y córrase el traslado a la recurrente para que sustente el recurso extraordinario de casación. Notifíquese y Cúmplase.
RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO Presidente de la Sala GERARDO BOTERO ZULUAGA CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO FERNANDO CASTILLO CADENA (IMPEDIDO) JORGE LUIS QUIROZ ALEMÁN 4