SCLAJPT-04 V.00 IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ Magistrado ponente AL10123-2026 Radicación n.o 05001-31-05-010-2024-00118-02 Acta 13 Bogotá D. C., veintidós (22) de abril de dos mil veintiséis (2026). Edgar Alonso Betancur Hurtado vs. Industria Colombiana de Cafés S. A. S. – Colcafé S. A. S. Se acepta el DESISTIMIENTO del recurso de casación que interpuso el recurrente contra la sentencia proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín en el juicio de la referencia. Sin costas en este asunto, en tanto el desistimiento se presentó en el término de traslado.
Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese, publíquese y cúmplase. VÍCTOR JULIO USME PEREA PRESIDENTE DE LA SALA JUAN CARLOS ESPELETA SÁNCHEZ LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ CLARA INÉS LÓPEZ DÁVILA OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR MARJORIE ZÚÑIGA ROMERO Firmado Por: Víctor Julio Usme Perea Magistrado Presidente Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Juan Carlos Espeleta Sánchez Magistrado Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Luis Benedicto Herrera Díaz Magistrado Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Iván Mauricio Lenis Gómez Magistrado Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Clara Inés López Dávila Magistrada Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Omar Ángel Mejía Amador Magistrado Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Marjorie Zúñiga Romero Magistrada Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 5154ee49f7936b3381a66bd6913a0d355ae0c29a149a3abf8c2d608f5de34fcf Documento generado en 22/04/2026 05:06:30 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica