SCLAJPT-06 V.00 LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ Magistrado ponente AL10120-2026 Radicación n.°76001-31-05-018-2023-00179-02 Acta 13 Bogotá D.C., veintidós (22) de abril de dos mil veintiséis (2026) J.J.J.J vs. ALUMINIO NACIONAL SA ENREORGANIZACION (ALUMINA SA) Como quiera que según el informe secretarial que antecede, el recurso de casación no fue sustentado por la parte recurrente J.J.J.J1, dentro del término legal, se declara DESIERTO.
En firme la presente providencia devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese y cúmplase. 1 Con el fin de proteger el derecho a la intimidad del recurrente seanonimiza su nombre. VÍCTOR JULIO USME PEREA PRESIDENTE DE LA SALA JUAN CARLOS ESPELETA SÁNCHEZ LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ CLARA INÉS LÓPEZ DÁVILA OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR MARJORIE ZÚÑIGA ROMERO Firmado Por: Víctor Julio Usme Perea Magistrado Presidente Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Juan Carlos Espeleta Sánchez Magistrado Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Luis Benedicto Herrera Díaz Magistrado Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Iván Mauricio Lenis Gómez Magistrado Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Clara Inés López Dávila Magistrada Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Omar Ángel Mejía Amador Magistrado Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Marjorie Zúñiga Romero Magistrada Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: b1078c659373a6b3fc4cd56071593f267903da3432b0e18bb43d64bd5f78b389 Documento generado en 22/04/2026 05:06:33 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica