ACLARACION DE VOTO ACLARACIÓN DE VOTO ACCION DE TUTELA 14.569 M.P. DR. MAURO SOLARTE DR. HERMAN GALAN CASTELLANOS ACLARACIÓN DE VOTO ACCION DE TUTELA 14.569 M.P. DR. MAURO SOLARTE DR. HERMAN GALAN CASTELLANOS ACLARACION DE VOTO Respetuosamente me permito aclarar mi voto respecto de la motivación del fallo, en cuanto en él, entre otras razones, se dice que si la enfermedad tuviera como génesis una lesión causada con ocasión del servicio, podría eventualmente proceder la tutela, como mecanismo transitorio, siempre y cuando el demandado no tenga de otra manera cubierto su derecho a la salud.
Si bien en términos generales la obligación de la entidad demandada cesa cuando se produce el desacuartelamiento, ese hecho tiene una excepción, precisamente cuando el quebranto de la salud tiene directa relación de causalidad con el servicio militar que prestaba el damnificado. Quiere decir lo anterior que si la demanda privilegia la norma legal exoneradora de la obligación al derecho a la salud y a la vida del exmilitar, tal proceder deviene en violatorio de tales derechos, lo que hace imperiosa la orden de tutela para restablecer el derecho conculcado.
Por eso la orden debió ser plena e incondicional. Limitarla y condicionar su vigencia hasta que otra entidad asuma la prestación del correspondiente servicio, es a mi modo de ver de veras equivocado. Bien pudo ocurrir que el afectado no reúna los requisitos para ser atendido en el régimen subsidiado de salud porque su situación supone extrema pobreza.
Igualmente puede acontecer, que pese a lo anterior, aquél no tenga los recursos suficientes para afiliarse al régimen contributivo y menos para cubrir los gastos (generalmente ingentes) que demande su tratamiento y curación por una enfermedad adquirida justamente cuando cumplía el deber de defender a su patria. MAURO SOLARTE PORTILLA Magistrado Fecha ut supra.
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