「 Rep的1icadeColombia CorteS叩mmadeJuSIicia SaiadecasaciencMI AC767-2017 Radicaci6m m.011001-02-03-000-2016-03581-00 Bogota,D.C.,CatOrCe(14)de febrero de dos mil diecisiete(2017). Seresuelveelconnictodecompetenciasuscitadoentre losJuzgados Veintitres Civil Municipal de Oralidad de Medellin(Antioquia〉y elSegundo Promiscuo Municipalde Maicao(LaGuajira). 1.ANTECEDENTES 1.01maJuny Alvarez Zapata promovid proceso qecutivo en contraWilliam Hernまn Giraldo Guzmまn,a慮n de obtener elrecaudo dela hijuelaque sele aslgn6enla Particidn que fue aprobada por elJuzgado Promiscuo de FamiliadeMaicao,GuaJlra,enlasentenciade15deagosto de 2014,dictada dentro del proceso deliquidacidn de SOCiedadconyugalsurtidoentrelasmismaspartes. 2・EI conocimiento dela demanda correspondi6 al JuzgadoSegundoPromiscuoMunicipaldeMaicao,GuaJlra, que mediante auto de5de octubre de2016,Se declar6 Radicaci6nn・011001-02-03-000-2016-03581-00 l incompetente para conocer delproceso por considerar que eldomiciliodeldemandado eraenotraciudad. 3.AI ser reaslgnado el proceso,Su COnOCimiento COrreSPOndi6 alJuzgado Veintitres Civil Municipal de OralidaddeMedellin(Antioquia),quien,SuSCit6elconnicto COnSuStentOenque Siloquepretendialademandanteera qecutar la sentencia proferida en un proceso de liquidaci6n,dichotramitedeconfbmidadconloestablecido en el articul0306del C6digo General del Proceso,debia tramitarseanteelmismoJueZquehabiaproferidoelfallo. II.cONSIDERACIONES 1.ComoelconnictoplanteadoinvolucradosJuZgados dediferentedistritojudicial,elsuperiorfuncionalcomtLna ambosesestaSaladelaCorte,POrloqueeslacompetente Para dirimirlo,de confbrmidad conlo establecido enlos articulos139delCddigoGeneraldelProcesoy16delaley 270de1996,mOdi魚cadopore17odelaley1285de2009・ 2.Preve el articulo elincis0 30del articulo624 del C6digoGeneraldelProcesoque:近acomプetenCiaparatraTnitarel prOCeSO Se 7egird porlalegislac一〇n Utgente en ellnOlnentO」垂 fbrTnulaci6n dela demanda con que seprOTnueUa・Saluo quelaley eliminedicnaautO亮dad生 De manera que el presente asunto,Se reSOlvera de acuerdo alas normas de competencia establecidas en el Cddigo de Procedimiento Civil,POr CuantOlademanda se 2 フ Radicaci6nn.011001-02-03-000-2016-03581-00 PreSent6 ell。de ochlbre de 2015,Cuando atln no se encontrabavlgentelanuevalegislaci6n. 3.Al tenor delo estipulado por el articulo306del C6digo General del Proceso,〈《CuaTt,dola sentencia condene al pago deunasuTna dediner0,alaentTlegade cosaslntLeblesquerno hayan sido secuestradas en ellnismoprOCeSO,O alcu77PliTnientO de una Obligaci6n de hace7㌧ el ac7℃edoTi Sin necesidatl deJbnnular deTnanda,deberdsolicitarlaqeCuCibnconbaseenlasenteltC肥,aれteel JueZ del conociTniento,parαque Se adelante elp7℃CeSO qeCutiuo a COntinuaci6n y dent7℃∴del mismo e堆プedieTtte en que fLe dicta〔れ FOTmZ,Lladala solicitud e上房eZlibrara TnandaTniento qecutiuo de acueTdoconloseねaladoeTtlaparlereSOlもLtiuadelasentenciay,deser elcaso,pOrlascostasqprObadas,SinqueseaneCeSanO,parainiciarla qecuctOTl eSperarαqueSeSurfaeltraTniteante7ic刑. (…)LopTeUistoenestearttculoseqplicardparaObtener,anfeel misTnO_iuezdeconociTniento,elculnpliTnie加0_わ11ZadodelasstJmaSque hauan sidoliquidadas en elproceso ylas obligacioneS reCOnOCidas mediante conciliaci6n O tranSaCCi6n qprobadas en el misTnO.”.[Se resaltal Alaluzdeunasanaexegesisdeladisposici6nquese acabadetrascribir,Sededucequeellegisladororden6-COn apegoalprmCIPiodeeconomiaprocesaLqueenloseventos taxativamente sehalados en esa norma se debeiniciarla qecuci6n con base en una sentencia de condena ante el SentenCiador que conoci6delproceso y dentro delmismo expedienteenquesepro範ridaquellaprovidencia,Sinquese Pueda someter el asunto alas reglas generales dela COmPetenCia. 3 Radicaci6nn.011001-02-03-000-2016-03581-00 ヽ El referido precepto aslgn6a dicho funcionario una COmPetenCiaprivativayexclusiva,dadoques610eljuezdel COnOCimiento puede tramitarla qecuci6n a continuacidn, excluyendo en fbrma absoluta a todoslos demas.Dicha COmPetenCia tampoco puede ampliarse ni hacerse extensiva,mediante unainterpretaci6n ana16gica,a OtrOS CaSOSquenOSeenCuentreneXPreSamenteCOntemPladosen lanormaencomento. Es decir quela aludida previsidnlegalconsagra que, entratandosedelosprocesosqecutivosacontinuaci6nque Se PrOmueVen Para elcobro delos rubros descritos en el Prlmerinciso delarticulo306,Se eStableceunaatribucidn especialdecompetencia. Portalesrazoneseselarticul0306ynoelcanon28Ja Pautalegalque determinalacompetenciaparaconocerde losprocesoseJeCutivosqueseslguenaCOntinuacidndelos declarativos o deliquidaci6n,talcomolo ha sostenido de mmera reiteradalaJurlSPrudencia de esta Sala,en PrOVidencias como aquella dela cual se cita el sigulente extracto: …Dentrodelosdiuersos舟erosquee‖egisladortieneenCuenta para adscribirla c077PetenCia para conocer わslitigios se encuentra elde atracc10n,eれUirud delcualasZgna aunJueZ determinatloasunfoporlaJelacienqueestetieneconotroqueya COnOCe O ha conocido…Se enmarca en e上旬ero en coTnentOla p7℃isien del articulo306dusdem,qte Sin distinCidn dela TtatZJm訪ezadelp7℃CeSOdondesehadictadolaserLtenCla,Sefiala que cuando en ella sel∴)condene alpago de una suTna de 4 園 Radicaci6nn.ollOO1-02-03-000-2016-03581-00 diner0,ala entTega de cosas Tnuebles que no hayan sido SeCueStradas en elTnisTnOp71)CeSO,O alcu77Plimiento de una Obtigaci6n de haceTi elac7℃edoTl Sin necesidad∴deJbrTnular demanda,deberdsolicitarlaqecucidnconbaseenlasentencza, anfeeljueZdelconociTniento,paraqueSeadelanteelproceso qecutiuoacontinuacidnydentwdelTnisTnOeやedienteenque jtLe dictada・(CSJ AC7937-2016,22 Nov.2016, Rad・2016-02629-00) 4・EI caso sub judice,a Partir del exmen delas diligenciasseconstataqueelprocesoorlglnarioenelcual Se PrOd巾01aliquidacidn cuyos valores ahora se cobrm qecutivamente,fuetramitadoenelJuzgadoPromiscuode FamiliadeMaicao,LaGu印ra;luego,eSedespachotienela COmPetenCiaprlVativayexclusivaparaadelmtaryllevara terminolaqecuci6nreftrida. De manera que se torna necesario aslgnar el COnOCimiento del proceso al competente,aun Cuando el JuZgadormencionadonohubiereparticipadoenelconnicto queesmateriadeestepronunciamiento,tOdavezquelas reglasrelativasalacompetenciasondecaractervinculante. Justamente,en OPOrtunidades anteriores,eSta Corporaci6nhaaslgnadoporfactorterritorialalfuncionario judiciaユaquienporleylecorresponde,nOObstmtequeno hayahechopartedelcon純cto. 5・Por esas razones se ordenarまIa remisi6n delas diligencias a esa oHcina judicial para que asuma el COnOCimiento del asunto,delo cual se dara.aviso alos 5 Radicaci6nn.011001-02-03-000-2016-03581-00 ◆ funcionarios entrelos que se suscit6el connicto y ala interesada. III.DECISION Enmeritodeloexpuesto,laCorteSupremadeJusticia, SaladeCasaci6nCivil,RESUELVE: PRIMERO:Declarar que elJuzgado Promiscuo de Familia de Maicao,La GuaJlra,eS el competente para asumirelconocimientodelprocesodelareferencia・ SEGUNDO:Remitir el expediente al mencionado despacho judicial para que contintLe COn el tramite del asunto. TERCERO:Comunicar esta decisi6n alosJuzgados Veintitres Civil Municipal de Oralidad de Medellin (Antioquia)y elSegundo Promiscuo Municipalde Maicao (LaGuajira),yalademandmte・
NOTIFIQUESEYCUMPLASE, ●● 6