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AC7334-2024 [2024-04273-00]Corte Suprema de Justicia · Sala Civil2024

Magistrado ponente: Fernando Augusto Jiménez Valderrama

Ley 527 de 1999

AC7334-2024 Radicación n.° 11001-02-03-000-2024-04273-00 Bogotá, D. C., tres (3) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024). Comoquiera que la demanda de revisión en referencia está dirigida, en forma exclusiva, contra la sentencia que el 13 de febrero de 2024 profirió el Juzgado Quince Civil del Circuito de Medellín, dentro del proceso verbal de declaración de sociedad de hecho que promovido por Luz Marina García Hurtado contra María Fabiola Vélez de Cardona y otros; su conocimiento no corresponde a esta Corporación, sino a la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, conforme a lo dispuesto en el artículo 31-4 del Código General del Proceso.

Por consiguiente, el suscrito Magistrado de la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia

RESUELVE

PRIMERO. RECHAZAR, por falta de competencia, la solicitud de revisión elevada por María Fabiola Vélez de Cardona y otros contra la sentencia de procedencia anotada. Rad. n.° 11001-02-03-000-2024-04273-00 2 SEGUNDO. Por Secretaría, remítase el asunto al Tribunal Superior de Medellín, Sala Civil, para lo de su cargo. Notifíquese y Cúmplase, FERNANDO AUGUSTO JIMÉNEZ VALDERRAMA Magistrado Firmado electrónicamente por: Fernando Augusto Jiménez Valderrama Magistrado Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999 Código de verificación: B2B99228717B567E54B3765B7BA57C19ED72BAAC630465DE7C7A3EA3F0651570 Documento generado en 2024-12-03