AROLDO WILSON QUIROZ MONSALVO Magistrado ponente AC731-2023 Radicación n° 11001-02-03-000-2023-00306-00 Bogotá D.C., veintiuno (21) de marzo de dos mil veintitrés (2023). Atendiendo la solicitud de la demandante; toda vez que el numeral 1 del artículo 365 del Código General del Proceso consagra que «[s]e condenará en costas a la parte vencida en el proceso, o a quien se le resuelva desfavorablemente el recurso de apelación, casación, queja, súplica, anulación o revisión que haya propuesto…»; y habida cuenta que las costas aparecen causadas a favor de la peticionaria, máxime por cuanto descorrió el traslado del recurso de queja; se ADICIONA el proveído AC363 de 2023, de 22 de febrero último, con el fin de CONDENAR EN COSTAS al demandado, ante la desestimación del recurso de queja que radicó contra el auto de 22 de agosto próximo pasado, con el cual la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín negó la concesión del recurso de casación que interpuso contra la sentencia de 27 de octubre de 2021, dictada en el proceso verbal promovido por Londoño Álvarez Comercializadora Ltda. en liquidación Radicación n° 11001-02-03-000-2023-00306-00 2 «L.A. COMERCIALIZADORA» contra Jairo Londoño Arango (05001310300620190066500).
La liquidación deberá realizarse en la forma concentrada indicada en el inciso inicial del canon 366 de la obra en cita, incluyendo en ella la suma de $800.000 por concepto de agencias en derecho. En firme esta providencia, secretaría de cumplimiento al numeral 3 de la providencia inmediatamente anterior. Notifíquese, AROLDO WILSON QUIROZ MONSALVO Magistrado Firmado electrónicamente por Magistrado(a)(s): Aroldo Wilson Quiroz Monsalvo Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999 Código de verificación: 5BD29D0FF94DE6EBEF3BA3B39346E695F5987937E2D58CE27D3E1DBFD9A26269 Documento generado en 2023-03-21